DECRETO 2722 DE 1997
(noviembre 10)
por el cual se aprueba el Acuerdo número 003 de octubre 3 de 1997, que establece la planta de personal del Sanatorio de Agua de Dios, Empresa Social del Estado.
Nota: Modificado por el Decreto 1607 de 1999.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 74 del Decreto 1042 de 1978,
DECRETA:
Artículo 1º. Apruébase el Acuerdo número 003 del 3 de octubre de 1997, emanado de la Junta Directiva del Sanatorio de Agua de Dios, Empresa Social del Estado, que establece la planta de personal, cuyo texto es el siguiente:
«ACUERDO NÚMERO 03 DE 1997
(octubre 3)
por el cual se establece la planta de personal del Sanatorio de Agua de Dios, Empresa Social del Estado.
La Junta Directiva del Sanatorio de Agua de Dios, Empresa Social del Estado, en ejercicio de las facultades que le otorga el Decreto 1288 de 1994,
ACUERDA:
Artículo 1º. Las funciones propias de las distintas dependencias del Sanatorio de Agua de Dios, Empresa social del Estado serán cumplidas por la planta de personal que a continuación se establece:
Nº de cargos
Denominación del empleo
Código
Grado
1
Gerente General de Entidad Descentralizada
0015
16
2
Profesional Especializado
3010
17
3
Profesional Especializado
3010
16
5
Profesional Universitario
3020
12
2
Profesional Universitario
3020
11
1
Médico
3085
16
2
Odontólogo
3085
13
2
Técnico Administrativo
4065
15
1
Técnico Administrativo
4065
13
3
Técnico Operativo
4080
09
1
Auxiliar de Técnico
4110
06
1
Asistente Administrativo
4140
15
1
Pagador
5045
22
3
Supervisor
5105
21
1
Auxiliar Administrativo
5120
17
1
Auxiliar Administrativo
5120
16
5
Auxiliar Administrativo
5120
13
15
Auxiliar Administrativo
5120
12
1
Auxiliar Administrativo
5120
11
10
Auxiliar Administrativo
5120
10
12
Secretaria
5140
12
2
Secretaria
5140
11
6
Ecónomo
5150
11
1
Operario calificado
5300
13
6
Operario Calificado
5300
11
1
Conductor Mecánico
5310
13
8
Conductor mecánico
5310
11
9
Celador
5320
09
62
Enfermero Auxiliar
5345
15
Artículo 2º. Fíjese en doscientos cincuenta (250) el número de trabajadores oficiales al servicio del Sanatorio de Agua de Dios, Empresa Social del Estado.
Artículo 3º. El Director del Sanatorio de Agua de Dios, Empresa social del Estado, mediante resolución, distribuirá los empleos de la planta global de que trata el presente Acuerdo y ubicará el personal de conformidad con la estructura interna, planes, programas y necesidades del servicio.
Artículo 4º. La incorporación a la planta de personal de que tratan los artículos 1º y 2º del presente acuerdo, se efectuará dentro del término de quince (15) días máximo, contados a partir de la publicación del |decreto que la apruebe. Los funcionarios que sean incorporados, continuarán percibiendo la remuneración que les correspondía en la planta anterior, hasta la fecha en que se posesione en el respectivo cargo de la planta de personal establecida en el presente acuerdo.
Artículo 5º. La provisión de los empleos de que trata el presente acuerdo se hará hasta por el monto disponible de las apropiaciones presupuestales correspondientes a la vigencia fiscal de 1997.
Artículo 6º. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de la publicación del |Decreto del Gobierno Nacional que lo apruebe, y modifica los Acuerdos números 036 y 037 de diciembre de 1991 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese y Cúmplase.
Dado en Agua de Dios, a los tres (3) días del mes de octubre de mil novecientos noventa y siete (1997).
La Presidenta Junta Directiva,
Firmado: Doctora Martha Lucía Gualtero.
El Secretario,
Firmado: Doctor Jady Hernán Lozano Parra».
Artículo 2º. El presente |Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 10 de noviembre de 1997.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
José Antonio Ocampo Gaviria.
La Ministra de Salud,
María Teresa Forero de Saade.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Edgar Alfonso González Salas.