DECRETO 2716 DE 1997

Decretos 1997

DECRETO 2716 DE 1997    

(noviembre  10)    

por el  cual se modifican los considerandos del Decreto 2682 de 1997.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades  constitucionales y legales y en especial las que le confieren el artículo 115  de la Ley 200 de 1995, y    

CONSIDERANDO:    

Que  mediante el Decreto 2682 de 1997  se suspendió provisionalmente del cargo de Presidente de la Caja de Crédito  Agrario, Industrial y Minero al doctor Benjamín del Socorro Medina Rodríguez;    

Que  la medida de suspensión provisional impuesta al doctor Benjamín del Socorro  Medina Rodríguez, mediante Auto 02423 de fecha 4 de noviembre de 1997, no tiene  el carácter de sanción como se indicó erróneamente en el citado decreto, de  suerte que al procederse a su suspensión provisional no se hizo efectiva  sanción alguna;    

Que  por lo anterior es necesario suprimir el tercer considerando del decreto y  modificar el cuarto,    

DECRETA:    

Artículo  1º. Suprímese el tercer  considerando del Decreto 2682 de 1997.    

Artículo  2º. El cuarto considerando del Decreto 2682 de 1997,  quedará así:    

“Que  el Presidente de la República de Colombia, atendiendo la petición elevada por  la Procuraduría General de la Nación en oficio DNIE 05928 y teniendo en cuenta  que la providencia que dispone la suspensión provisional es de efecto  inmediato, debe proceder a decretar dicha medida por el término de tres meses y  suspender provisionalmente por tal lapso al doctor Benjamín del Socorro Medina  Rodríguez, de su cargo de Presidente de la Caja de Crédito Agrario, Industrial  y Minero”.    

Artículo  3º. El presente Decreto rige a  partir de la fecha de su expedición.    

Comuníquese,  publíquese y cúmplase.    

Dado  en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 10 de noviembre de 1997.    

ERNESTO  SAMPER PIZANO    

El  Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural (E.),    

Augusto  de Jesús Duque Escobar.    

               

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