DECRETO 2634 DE 1997
(octubre 30)
por el cual se interrumpen unas vacaciones.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las conferidas por el numeral 1º del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 15 del Decreto 1045 de 1978.
DECRETA:
Artículo 1º. Interrumpir por necesidades del servicio, el disfrute de las vacaciones concedidas mediante Decreto número 2524 del 14 de octubre de 1997, al doctor Jaime Niño Díez, Ministro de Educación Nacional, a partir del 7 de noviembre de 1997, restándole siete (7) días hábiles por disfrutar.
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 30 de octubre de 1997.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Juan Carlos Posada.