DECRETO 2617 DE 1997

Decretos 1997

DECRETO 2617 DE 1997     

(octubre 28)    

por  el cual se confiere un grado honorario en la Policía Nacional.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales que le confiere  el artículo 223 del Decreto 1212 de 1990,  y    

CONSIDERANDO:    

Que el Gobierno Nacional  puede conferir grados policiales con carácter exclusivamente honorífico a oficiales  colombianos que hayan prestado servicios eminentes a la Policía Nacional;    

Que el señor Mayor (r)  Hernán Bustamante Arboleda, se distinguió dentro del ámbito policial como un  oficial de excelsas calidades, y a su retiro, después de más de veinte (20)  años de servicio ha continuado prestando su concurso valioso a la patria,  transcendiendo sus condiciones policiales, lo cual ha redundado en beneficio de  la nueva imagen de la Policía Nacional;    

Que sus virtudes morales,  su gran profesionalismo, su don de gentes y los invaluables servicios  prestados, lo hacen merecedor a un justo reconocimiento, en retribución a toda  una vida dedicada a la patria;    

Que la honorable Junta  Asesora para la policía Nacional, en su sesión celebrada el día 15 de octubre  de 1997, mediante acta número 459 de la misma fecha recomendó causar el ascenso  honorífico al señor Mayor (r) Hernán Bustamante Arboleda,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Confiérese el  grado de Teniente Coronel Honorario de la Policía Nacional, al señor Mayor (r)  Hernán Bustamante Arboleda, con cédula de ciudadanía número 17046011.    

Artículo 2º. El grado aquí  conferido no genera efectos fiscales.    

Artículo 3º. La distinción  respectiva será impuesta en ceremonia especial de acuerdo con el Reglamento de  Ceremonial y protocolo Policial.    

Artículo 4º. El presente  decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Santa Fe de Bogotá,  D. C., a 28 octubre de 1997.    

ERNESTO SAMPER PIZANO    

El Ministro de Defensa  Nacional,    

Gilberto  Echeverri Mejía.    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *