DECRETO 2552 DE 1997

Decretos 1997

DECRETO 2552 DE 1997     

(octubre 16)    

por el cual se designa  temporalmente Gobernador para el departamento del Amazonas.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le  confieren los artículos 304 de la Constitución Política,  94 de la Ley 200 de 1995, en  concordancia con el artículo 106 de la Ley 136 de 1994, y    

CONSIDERANDO:    

Que  el señor Procurador General de la Nación, impuso sanción de suspensión en el  ejercicio del cargo por el término de sesenta (60) días, al Gobernador del  departamento del Amazonas, doctor Félix Francisco Acosta Soto;    

Que  el Gobierno Nacional, atendiendo la petición elevada por el señor Procurador General  de la Nación en oficio D.P. 560 del 22 de septiembre de 1997 y teniendo en  cuenta que la providencia que dispone la suspensión es de efecto inmediato,  mediante Decreto  número 2379 del 24 de septiembre de 1997, suspendió al doctor Félix  Francisco Acosta Soto, del cargo de Gobernador del departamento del Amazonas;    

Que  el parágrafo transitorio del artículo 94 de la Ley 200 de 1995  establece que, mientras se expide la ley a que se refiere el inciso 2º del  artículo 303 de la Constitución Política,  las faltas absolutas o temporales de los gobernadores que se presenten como  consecuencia de las sanciones impuestas por la Procuraduría General de la Nación,  se llenarán de conformidad con lo previsto para los alcaldes en la Ley 136 de 1994;    

Que  el artículo 106 de la Ley 136 de 1994  establece que, en los casos de falta absoluta o suspensión, se designará  alcalde del mismo movimiento y filiación política del titular, de terna que  para el efecto presente el movimiento al cual pertenezca en el momento de la  elección;    

Que  de acuerdo con el acta de inscripción que obra en la Registraduría Nacional del  Estado Civil, el doctor Félix Francisco Acosta Soto, aparece inscrito por el  Partido Liberal Colombiano y con el aval del mismo;    

Que  mediante comunicación del 30 de septiembre de 1997, el Partido Liberal  Colombiano, remitió al Presidente de la República la terna de candidatos para  efectuar la designación temporal del Gobernador del departamento del Amazonas;    

Que  una vez cumplidos los requisitos exigidos por el artículo 106 de la Ley 136 de 1994, se  hace necesario designar temporalmente el reemplazo del funcionario suspendido,    

DECRETA:    

Artículo  1º. Designar temporalmente a la doctora Luz Nayade Suchil Suárez Uribe,  identificada con la cédula de ciudadanía número 51.591.636 expedida en Santa Fe  de Bogotá, D. C., como Gobernador del departamento del Amazonas, por el término  que dure la suspensión impuesta al titular por la Procuraduría General de la  Nación.    

Artículo  2º. A partir de la fecha de posesión de la doctora Luz Nayade Suchil Suárez  Uribe, termínase el encargo de la doctora Luz Nayade Suchil Suárez Uribe,  efectuado mediante Decreto  2379 del 24 de septiembre de 1997, para que desempeñara las funciones del  Despacho del Gobernador del departamento del Amazonas, mientras se cumplía el  procedimiento exigido por el artículo 106 de la Ley 136 de 1994.    

Artículo  3º. Este decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Comuníquese,  publíquese y cúmplase.    

Dado  en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 16 de octubre de 1997.    

ERNESTO  SAMPER PIZANO    

El  Ministro del Interior,    

Carlos  Holmes Trujillo García.              

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