DECRETO 2549 DE 1997

Decretos 1997

DECRETO 2549 DE 1997    

(octubre 16)    

por el cual se designa  temporalmente Gobernador para el departamento 

  del Guainía.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le  confieren los artículos 304 de la Constitución Política,  94 de la Ley 200 de 1995, en  concordancia con el artículo 106 de la Ley 136 de 1994, y    

CONSIDERANDO:    

Que  el señor Procurador General de la Nación, impuso sanción de suspensión en el  ejercicio del cargo por el término de sesenta (60) días, al Gobernador del  departamento del Guainía, doctor Humberto Tovar Herrera;    

Que  el Gobierno Nacional, atendiendo la petición elevada por el señor Procurador  General de la Nación en oficio D.P. 560 del 22 de septiembre de 1997 y teniendo  en cuenta que la providencia que dispone la suspensión es de efecto inmediato,  mediante Decreto  número 2385 del 24 de septiembre de 1997, suspendió al doctor Humberto  Tovar Herrera del cargo de Gobernador del departamento del Guainía;    

Que  el parágrafo transitorio del artículo 94 de la Ley 200 de 1995  establece que, mientras se expide la ley a que se refiere el inciso 2º del  artículo 303 de la Constitución Política,  las faltas absolutas o temporales de los gobernadores que se presenten como  consecuencia de las sanciones impuestas por la Procuraduría General de la  Nación, se llenarán de conformidad con lo previsto para los alcaldes en la Ley 136 de 1994;    

Que  el artículo 106 de la Ley 136 de 1994  establece que, en los casos de falta absoluta o suspensión, se designará  alcalde del mismo movimiento y filiación política del titular, de terna que  para el efecto presente el movimiento al cual pertenezca en el momento de la  elección;    

Que  de acuerdo con el acta de inscripción que obra en la Registraduría Nacional del  Estado Civil, el doctor Humberto Tovar Herrera, aparece inscrito por el  Movimiento Nacional Conservador y con el aval del mismo;    

Que  mediante comunicación del 2 de octubre de 1997, el Movimiento Nacional  Conservador, remitió al Presidente de la República la terna de candidatos para  efectuar la designación temporal del Gobernador del departamento del Guainía;    

Que  una vez cumplidos los requisitos exigidos por el artículo 106 de la Ley 136 de 1994, se  hace necesario designar temporalmente el reemplazo del funcionario suspendido,    

DECRETA:    

Artículo  1º. Designar temporalmente al doctor Rafael Cortés Ruiz, identificado con la  cédula de ciudadanía número 2858130 expedida en Santa Fe de Bogotá, D. C., como  Gobernador del departamento del Guainía, por el término que dure la suspensión  impuesta al titular por la Procuraduría General de la Nación.    

Artículo  2º. A partir de la fecha de posesión del doctor Rafael Cortés Ruiz, termínase  el encargo del doctor Atylano Cuesta Conto, efectuado mediante Decreto  2385 del 24 de septiembre de 1997, para que desempeñara las funciones del  Despacho del Gobernador del departamento del Guainía, mientras se cumplía el  procedimiento exigido por el artículo 106 de la Ley 136 de 1994.    

Artículo  3º. Este Decreto rige a partir a partir de la fecha de su expedición.    

Comuníquese,  publíquese y cúmplase.    

Dado  en Santa Fe de Bogotá D. C., a 16 de octubre de 1997.    

ERNESTO  SAMPER PIZANO    

El  Ministro del Interior,    

Carlos  Holmes Trujillo García.              

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