DECRETO 2464 DE 1997
(octubre 3)
por el cual se aprueba el acuerdo número 006 de 1997 emanado del Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de Santander, C.A.S
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la funciones establecidas en el Decreto 1042 de 1978,
DECRETA:
Artículo 1º. Aprobar el Acuerdo número 006 de 1997 emanado del Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de Santander, C.A.S., cuyo texto es el siguiente:
“El Consejo Directivo de la Corporación Autónoma regional de santander, C.A.S., en ejercicio de las facultades que le confiere el literal b. del Artículo 27 de la Ley 99 de 1993 y en armonía con el Artículo 12 del Decreto 1768 de 1994,
ACUERDA
Artículo 1º. Las funciones propias de la Corporación Autónoma Regional de Santander, serán cumplidas con la Planta de Personal que a continuación se establece:
No de cargos
Denominación del empleo
Código
Grado
DIRECCION GENERAL
1
Director General Entidad
15
20
1
Descentralizada
1
Profesional Especializado
3010
20
1
Secretario Ejecutivo
5040
18
1
Secretario
5140
10
1
Conductor Mecánico
5310
9
PLANTA GLOBAL
3
Subdirector General
40
16
1
Secretario General
37
16
1
Jefe de Oficina
2045
20
1
Profesional Especializado
3010
20
1
Profesional Especializado
3010
19
3
Profesional especializado
3010
17
5
Profesional Universitario
3020
13
1
Técnico Administrativo
4065
14
1
Técnico Administrativo
4065
13
1
Técnico Administrativo
4065
10
1
Técnico Administrativo
4065
8
1
Topógrafo
4105
9
1
Técnico Operativo
4080
8
1
Tesorero
5015
24
No de cargos
Denominación del empleo
Código
Grado
1
Almacenista
5080
18
3
Visitador
5100
12
6
Secretario
5140
10
37
Articulo 2º. El presente acuerdo requiere del concepto técnico de Departamento Administrativo de la Función Pública y rige a partir de la fecha de aprobación por Decreto del Gobierno Nacional y deroga el Acuerdo número 003 del 10 de abril de 1995 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese y cúmplase,
Dado en la ciudad de San Gil a los 29 días del mes de mayo de 1997.
El Presidente,
Fdo. Roberto Castellanos Plata.
El Secretario,
Fdo. María del Rosario Santos de Aguirre».
Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 3 octubre de 1997.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
José Antonio Ocampo Gaviria.
El Ministro del Medio Ambiente,
Eduardo Verano de la Rosa.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Edgar Alfonso González Salas