DECRETO 2442 DE 1997
(octubre 2)
por el cual se aprueba el Acuerdo número 03 de mayo 21 de 1997, mediante el cual se establece la planta de personal de la Corporación Autónoma Regional del Sur de Bolívar-CSB.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y de conformidad con el artículo 74 del Decreto 1042 de 1978,
DECRETA:
Artículo 1º. Apruébase el Acuerdo número 03 de mayo 21 de 1997, expedido por el Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional del Sur de Bolívar CSB, cuyo texto es el siguiente:
“ACUERDO NÚMERO 03 DE 1997
por el cual se establece la planta de personal de la Corporación Autónoma Regional del Sur de Bolívar-CSB.
El Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional del Sur de Bolívar-CSB, en uso de las facultades legales otorgadas por el literal b) del artículo 27 de la Ley 99 de 1993 y el artículo 12 del Decreto 1768 de 1994,
ACUERDA:
Artículo 1º. Establécese la siguiente planta de personal pare la Corporación Autónoma Regional del Sur de Bolívar-CSB,
No. de empleos
Dependencia y denominación del empleo
Código
Grado
1
Director General de Entidad Descentralizada
0015
20
1
Secretario General de Entidad Descentralizada
0037
16
1
Jefe de Oficina
2045
20
3
Subdirector General de Entidades Descentralizadas
0040
16
1
Profesional Especializado
3010
19
3
Profesional Especializado
3010
17
7
Profesional Especializado
3010
15
1
Técnico Administrativo
4065
16
2
Técnico Administrativo
4065
14
1
Técnico Administrativo
4065
13
6
Técnico Administrativo
4065
10
1
Secretario Ejecutivo
5040
17
6
Secretario
5140
13
2
Conductor Mecánico
5310
09
Artículo 2º. El presente acuerdo requiere de la aprobación por decreto del Gobierno Nacional y deroga el Acuerdo número 03 de 1995 y las demás disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Magangué a los veintiún (21) días del mes de mayo de mil novecientos noventa y siete (1997).
El Presidente,
(Fdo.) Federico Ochoa Lorduy.
El Secretario,
(Fdo.) Franklin Mejía Palencia.
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 2 de octubre de 1997.
ERNESTO SAMPER PIZANO
EI Ministro de Hacienda y Crédito Público,
José Antonio Ocampo Gaviria.
El Ministro del Medio Ambiente,
Eduardo Verano de la Rosa.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública.
Edgar Alfonso González Salas.