DECRETO 2430 DE 1997

Decretos 1997

DECRETO 2430 DE 1997    

(septiembre 30)    

por el cual se deroga el Parágrafo del artículo  primero del Decreto 2865 de 1994    

El Presidente  de la República de Colombia en ejercicio de las facultades conferidas por el  numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que  mediante la Ley 50 de 1981, se creó  el Servicio Social Obligatorio el cual debe ser prestado dentro del territorio  nacional por todas aquellas personas con formación tecnológica o universitaria;    

Que  mediante el Decreto 2865 de 1994,  se reglamentó parcialmente la Ley 50 de 1981,  disponiendo que las direcciones seccionales, distritales y locales de salud  certificadas para la administración de los recursos del situado fiscal, tienen  la competencia para seleccionar, aprobar y renovar las plazas de servicio  social obligatorio;    

Que de  conformidad con el artículo 287 de la Constitución Política,  las entidades territoriales gozan de autonomía para la gestión de sus  intereses. Así mismo, de acuerdo con el artículo 209 de la Carta, la función  administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con  fundamento en los principios de economía, eficacia y celeridad, mediante la  descentralización la delegación y la desconcentración de funciones;    

Que  para el cumplimiento de los fines del Servicio Social Obligatorio, se hace  necesario autorizar la aplicación de un sistema descentralizado y  desconcentrado en virtud del cual las direcciones seccionales, distritales y  locales de salud, así no se encuentren certificadas, puedan efectuar la  asignación de cupos o plazas, todo lo cual guarda armonía con lo dispuesto por  el Decreto 2150 de 1995  en cuanto a la supresión de trámites y procedimientos innecesarios en la  administración pública.    

DECRETA:    

Artículo  1º. Derógase el parágrafo del artículo primero del Decreto 2865 de 1994,  que reglamenta parcialmente la Ley 50 de 1981.    

Artículo  2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese  y cúmplase.    

Santa  Fe de Bogotá, D.C., a 30 septiembre de 1997.    

ERNESTO  SAMPER PIZANO    

María  Teresa Forero de Saade.    

La  Ministra de Salud.    

               

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