DECRETO 2317 DE 1997

Decretos 1997

DECRETO 2317  DE 1997    

(septiembre 18)    

por el cual se designa una  delegación.    

El  Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades  constitucionales y legales y en especial de las que le confiere el numeral 2  del artículo 189 de la Constitución Política,    

DECRETA:    

Artículo  1º. Desígnase la delegación que acompañará al señor Presidente de la República  de Colombia, doctor Ernesto Samper Pizano, para asistir a la ciudad de Nueva  York (Estados Unidos de Norteamérica) entre los días 24 al 28 de septiembre del  presente año, con el fin de asistir a la reunión conmemorativa de los 36 años  del movimiento de los países No Alineados y a la Asamblea de las Naciones  Unidas, la cual estará integrada por:    

Señora  Jacquín Strouss de Samper, Primera Dama de la Nación.    

Doctora  María Emma Mejía Vélez, Ministra de Relaciones Exteriores.    

Doctor  Carlos Julio Gaitán González, Ministro de Desarrollo Económico.    

Mayor  General Rosso José Serrano Cadena, Director General de la Policía Nacional.    

Doctor  José María de Guzmán Mora, Consejero para las Comunicaciones y Asuntos  Internacionales.    

Doctor  Carlos Castillo Cardona, Consejero para la Política Social.    

Capitán  de Navío Humberto Cubillos Padilla, Jefe Casa Militar de la Presidencia de la  República.    

Doctor  Juan Rafael Mesa Zuleta, Secretario Privado de la Presidencia de la República.    

Brigadier  General Antonio Sánchez Vargas, Secretario para la Seguridad Presidencial.    

Señor  William Parra Jaimes, Secretario de Prensa de la Presidencia de la República.    

Doctor  Julio Aníbal Riaño Velandia, Director General de Protocolo del Ministerio de  Relaciones Exteriores.    

Doctora  María Inés Pantoja Ponce, Asesora Presidencial.    

Mayor  Mauricio Amaya Acosta, Edecán Acompañante.    

Mayor  Yadira Angélica Cediel Franklin, Edecán Acompañante.    

Doctor  Leonardo García Suárez, Asesor Secretaría Privada.    

Artículo  2º. Los gastos que cause el cumplimiento del presente decreto, se pagarán con  cargo al presupuesto de las entidades a las que estén vinculados los  funcionarios integrantes de la delegación, de conformidad con las normas  vigentes sobre la materia.    

Artículo  3º. Este decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado  en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 18 de septiembre de 1997.    

ERNESTO  SAMPER PIZANO    

La  Ministra de Relaciones Exteriores,    

María  Emma Mejía Vélez.              

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