DECRETO 2317 DE 1997
(septiembre 18)
por el cual se designa una delegación.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confiere el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1º. Desígnase la delegación que acompañará al señor Presidente de la República de Colombia, doctor Ernesto Samper Pizano, para asistir a la ciudad de Nueva York (Estados Unidos de Norteamérica) entre los días 24 al 28 de septiembre del presente año, con el fin de asistir a la reunión conmemorativa de los 36 años del movimiento de los países No Alineados y a la Asamblea de las Naciones Unidas, la cual estará integrada por:
Señora Jacquín Strouss de Samper, Primera Dama de la Nación.
Doctora María Emma Mejía Vélez, Ministra de Relaciones Exteriores.
Doctor Carlos Julio Gaitán González, Ministro de Desarrollo Económico.
Mayor General Rosso José Serrano Cadena, Director General de la Policía Nacional.
Doctor José María de Guzmán Mora, Consejero para las Comunicaciones y Asuntos Internacionales.
Doctor Carlos Castillo Cardona, Consejero para la Política Social.
Capitán de Navío Humberto Cubillos Padilla, Jefe Casa Militar de la Presidencia de la República.
Doctor Juan Rafael Mesa Zuleta, Secretario Privado de la Presidencia de la República.
Brigadier General Antonio Sánchez Vargas, Secretario para la Seguridad Presidencial.
Señor William Parra Jaimes, Secretario de Prensa de la Presidencia de la República.
Doctor Julio Aníbal Riaño Velandia, Director General de Protocolo del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Doctora María Inés Pantoja Ponce, Asesora Presidencial.
Mayor Mauricio Amaya Acosta, Edecán Acompañante.
Mayor Yadira Angélica Cediel Franklin, Edecán Acompañante.
Doctor Leonardo García Suárez, Asesor Secretaría Privada.
Artículo 2º. Los gastos que cause el cumplimiento del presente decreto, se pagarán con cargo al presupuesto de las entidades a las que estén vinculados los funcionarios integrantes de la delegación, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia.
Artículo 3º. Este decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 18 de septiembre de 1997.
ERNESTO SAMPER PIZANO
La Ministra de Relaciones Exteriores,
María Emma Mejía Vélez.