DECRETO 2265 DE 1997

Decretos 1997

DECRETO 2265  DE 1997    

(septiembre 12)    

por el cual se designa una  delegación.    

El  Presidente de la República de Colombia en uso de sus facultades  constitucionales y legales y en especial de las que le confiere el numeral 2º  del artículo 189 de la Constitución Política,    

DECRETA:    

Artículo  1º. Desígnase la delegación que acompañará al señor Presidente de la República  de Colombia, doctor Ernesto Samper Pizano, para asistir a las ciudades de  Quito, Guayaquil e Islas Galápagos (Ecuador), por los días comprendidos entre  el 12 y 14 de septiembre, con el fin de asistir a una visita oficial y al  encuentro con empresarios de las Repúblicas de Ecuador y Colombia, la cual  estará integrada por:    

Señora  Jacquin Strouss de Samper, Primera Dama de la Nación.    

Doctora  María Emma Mejía Vélez, Ministra de Relaciones Exteriores.    

Doctor  Carlos Julio Gaitán González, Ministro de Desarrollo Económico.    

Doctor  Carlos Ronderos Torres, Ministro de Comercio Exterior.    

Doctor  Humberto Valencia García, Embajador de Colombia en el Ecuador.    

Mayor  General Rosso José Serrano Cadena, Director General de la Policía Nacional.    

Capitán  de Navío Humberto Cubillos Padilla, Jefe Casa Militar de la Presidencia de la  República.    

Doctor  Juan Rafael Mesa Zuleta, Secretario Privado de la Presidencia de la República.    

Señor  William Parra Jaimes, Secretario de Prensa de la Presidencia de la República.    

Brigadier  General Antonio Sánchez Vargas, Secretario de Seguridad de la Presidencia de la  República.    

Doctor  José María de Guzmán Mora, Consejero para las Comunicaciones y Asuntos  Internacionales.    

Doctor  Gabriel Misas Arango, Consejero Económico y de Competitividad.    

Doctor  Julio Aníbal Riaño Velandia, Director General de Protocolo del Ministerio de  Relaciones Exteriores.    

Doctora  Adelina Covo de Guerrero, Directora Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.    

Doctor  Gabriel Turbay Marulanda, Presidente del Banco de Comercio Exterior, Bancoldex.    

Mayor  Ramón Eduardo Niebles Guerrero, Edecán acompañante.    

Artículo  2º. Los gastos que cause el cumplimiento del presente decreto, se pagarán con  cargo al presupuesto de las entidades a las que estén vinculados los  funcionarios integrantes de la delegación, de conformidad con las normas  vigentes sobre la materia.    

Artículo  3º. Este decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado  en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 12 de septiembre de 1997.    

ERNESTO  SAMPER PIZANO    

La  Ministra de Relaciones Exteriores,    

María  Emma Mejía Vélez.              

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