DECRETO 2034 DE 1997

Decretos 1997

DECRETO 2034 DE 1997     

(agosto 19)    

por el cual se reconoce la antigüedad por ascenso y se  establece el orden 

  de prelación en el escalafón general de oficiales en actividad de las Fuerzas  Militares, a un oficial del Ejército Nacional.    

El Presidente de la República  de Colombia, en uso de las facultades legales que le confiere el artículo 126  del Decreto 1211 de 1990,  y    

CONSIDERANDO:    

Que el señor Teniente Víctor  Manuel Mendoza Cubides fue ascendido a su actual grado por medio del Decreto  número 2172 del 28 de noviembre de 1996, novedad fiscal 1º de diciembre del  mismo año, con un (1) año de retardo respecto de sus compañeros que ascendieron  al grado de teniente mediante Decreto  número 2067 del 29 de noviembre de 1995, con las fechas que se indicaron en  dicha oportunidad;    

Que el señor oficial no  ascendió con sus compañeros por encontrarse suspendido en el ejercicio de  funciones y atribuciones según Resolución número 1828 del 16 de febrero de  1995, por el delito de abandono del puesto, habiendo sido restablecido mediante  Resolución número 00582 del 16 de julio de 1996;    

Que mediante providencia de  primera instancia proferida el 15 de mayo de 1996 el Comandante de la  Decimasegunda Brigada Juez de Primera Instancia absolvió al citado oficial del  delito de abandono del puesto, fallo que fue confirmado por el Tribunal  Superior Militar el 29 de julio de 1996;    

Que de conformidad con lo  establecido en el artículo 126 del Decreto 1211 de 1990,  norma esta dentro de la cual se subsume la situación jurídica del oficial, es  procedente reconocer la antigüedad por ascenso y establecer el orden de  prelación que le corresponde,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Reconócese al  señor Teniente INF. Víctor Manuel Mendoza Cubides-79507607, para su antigüedad  por ascenso, el lapso comprendido entre el 2 de diciembre de 1995 y el 1º de  diciembre de 1996 y en el escalafón general de oficiales en actividad de las  Fuerzas Militares antecede al señor Teniente INF. José Luis Gallo Rodríguez-11387611.    

Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de  la fecha de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 19 de agosto  de 1997.    

ERNESTO  SAMPER PIZANO    

El Ministro de Defensa Nacional,    

Gilberto Echeverri Mejía.    

               

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