DECRETO 2004 DE 1997

Decretos 1997

DECRETO 2004 DE 1997     

(agosto  13)    

por  el cual se modifica parcialmente el Decreto 1050 de 1997.    

El Presidente  de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el  numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,    

DECRETA:    

Artículo 1. Modifícase el artículo 2 del Decreto 1050 de 1997,  el cual quedará así:    

“Artículo 2. De las condiciones de las comisiones. En ejercicio de la  facultad consagrada por el inciso segundo del artículo 22 del Decreto ley 2400  de 1968, las comisiones al exterior serán otorgadas en las siguientes  condiciones:    

a) Comisiones de servicios    

1. Para  tramitar o negociar asuntos que a juicio del Gobierno Nacional revistan  especial interés para el país.    

2. Para  suscribir convenios o acuerdos con otros gobiernos u organismos  internacionales.    

b) Comisiones de estudios    

El  objeto de las mismas deberá guardar relación con los fines de la entidad o con  las funciones inherentes al cargo que desempeña el servidor público”.    

Artículo 2. Deróganse los incisos 1, 2, 3 y 4 del artículo 3 del  Decreto  1050 del 10 de abril de 1997.    

Artículo 3. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su  publicación.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado en  Santa Fe de Bogotá, D. C., a 13 de agosto de 1997.    

Ernesto Samper Pizano    

El  Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

José Antonio Ocampo Gaviria.    

El  Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,    

Juan Carlos Posada.    

El  Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,    

Edgar Alfonso González Salas.              

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *