DECRETO 2002 DE 1997

Decretos 1997

DECRETO 2002 DE 1997     

(agosto 13)    

por el cual se concede la condecoración “Orden del  Mérito Agrícola”.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de las facultades previstas en los Decretos 734 de 1969 y 2500 de 1984, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante Decreto número  734 de 1969 se estableció la condecoración denominada “Orden del  Mérito Agrícola”, para ser concedida a personas naturales o jurídicas,  nacionales o extranjeras, que por los eminentes servicios prestados a la Nación  en los sectores de la agricultura y actividades similares, se hagan merecedoras  a dicha distinción;    

Que el “Centro  Internacional de Agricultura Tropical, CIAT”, ha prestado invaluables  servicios al sector agropecuario, de los cuales se exalta la investigación, con  cuyo esfuerzo dicho Centro ha contribuido al desarrollo de los cultivos  tropicales y en general a la agricultura en Colombia, base fundamental para la  alimentación y la agroindustria;    

Que de conformidad con lo  dispuesto en el artículo 2º del Decreto 2500 de 1984,  el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural determinó que el “Centro  Internacional de Agricultura Tropical”, se hace merecedor a la  condecoración “Orden del Mérito Agrícola”, en el grado de  “Comendador”,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Conceder la condecoración  “Orden del Mérito Agrícola”, en el grado de “Comendador”,  al “Centro Internacional de Agricultura Tropical”.    

Artículo 2º. La condecoración  concedida mediante el presente decreto se otorgará en ceremonia especial y será  certificada por medio de diploma, de conformidad con lo dispuesto en los  Decretos 734 de 1969 y 2500 de 1984.    

Artículo 3º. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.  C., a 13 de agosto de 1997.    

ERNESTO  SAMPER PIZANO    

El Viceministro de Desarrollo Agropecuario y  Pesquero, Encargado de las Funciones del Despacho del Ministro de Agricultura y  Desarrollo Rural,    

Augusto Duque Escobar.    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *