DECRETO 1980 DE 1997

Decretos 1997

DECRETO 1980 DE 1997    

(agosto 8)    

por el cual se interrumpe el disfrute de vacaciones al  Ministro de Hacienda 

  y Crédito Público.    

El Presidente de la República  de Colombia en uso de sus facultades constitucionales conferidas por el numeral  1º del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y de las legales  otorgadas en los Decretos 1950 de 1973 y 1045 de 1978,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Interrumpir a  partir del 11 de agosto de 1997 el disfrute de las vacaciones autorizadas  mediante Decreto  número 1343 del 19 de mayo de 1997 modificado por el Decreto  número 1731 del 7 de julio de 1997, al doctor José Antonio Ocampo Gaviria,  identificado con la cédula de ciudadanía número 14.987.899 de Cali, actual  Ministro de Hacienda y Crédito Público, por el período de servicios comprendido  entre el 21 de marzo de 1996 y el 20 de marzo de 1997, quedándole pendiente el  disfrute de ocho (8) días hábiles.    

Artículo 2º. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.  C., a 8 de agosto de 1997.    

ERNESTO  SAMPER PIZANO    

El Director del Departamento  Administrativo    

de la Presidencia de la  República,    

Juan Carlos  Posada.    

               

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