DECRETO 1971 DE 1997
(agosto 7)
por el cual se establece la planta de personal provisional del Ministerio de Cultura.
Nota: Derogado por el Decreto 3117 de 1997, artículo 4º.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1º. Créase la planta de personal provisional del Ministerio de Cultura, con los siguientes cargos:
Nº de cargos
Dependencia y denominación del empleo
Código
Grado
Despacho del Ministro
1 (Uno)
Ministro
0005
1 (Uno)
Asesor
1020
17
1 (Uno)
Secretario ejecutivo del despacho del Ministro
5230
26
1 (Uno)
Conductor mecánico
5310
19
Despacho del Viceministro
1 (Uno)
Viceministro
0020
1 (Uno)
Secretario ejecutivo del despacho del Viceministro
5240
24
Planta global
1 (Uno)
Secretario General de Ministerio
0035
22
3 (Tres)
Asesor
1020
14
1 (Uno)
Secretario ejecutivo
5040
24
1 (Uno)
Secretario ejecutivo
5040
23
2 (Dos)
Conductor mecánico
5310
17
Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Barranquilla, a 7 de agosto de 1997.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del despacho del
Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Eduardo Fernández Delgado.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Edgar Alfonso González Salas.