DECRETO 192 DE 1997
(enero 29)
por el cual se establece la planta de personal del Ministerio de Desarrollo Económico.
Nota 1: Derogado por el Decreto 1025 de 2000, artículo 7º.
Nota 2: Modificado parcialmente por el Decreto 131 de 1998 y por el Decreto 2994 de 1997.
El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las facultades que le otorga el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y el artículo 111 de la Ley 300 de 1996,
DECRETA:
Artículo 1º. Las funciones de las diferentes dependencias del Ministerio de Desarrollo Económico serán cumplidas por la planta de personal que a continuación se establece:
No. de
Empleados
Dependencia y denominación del empleo
Código
Grado
DESPACHO DEL MINISTRO
1
Ministro
0005
4
Asesor
1020
11
1
Secretario ejecutivo del Despacho del Ministro
5230
25
1
Secretario ejecutivo del despacho de Ministro
5230
24
1
Secretario ejecutivo
5040
22
1
Secretario ejecutivo
5040
17
1
Secretario ejecutivo
5040
13
3
Conductor mecánico
5310
13
DESPACHO DE LOS VICEMINISTROS
No. de
Empleados
Dependencia y denominación del empleo
Código
Grado
3
Viceministro
0020
3
Asesor
1020
09
3
Secretario ejecutivo
5040
22
1
Secretario ejecutivo
5040
18
3
Conductor mecánico
5310
13
PLANTA GLOBAL
No. de
Empleados
Dependencia y denominación del empleo
Código
Grado
1
Secretario General del Ministerio
0035
22
7
Director Técnico del Ministerio
0100
18
1
Jefe Oficina Asesora del Ministerio
0125
18
1
Jefe Oficina Asesora del Ministerio
0125
14
1
Asesor
1020
09
3
Jefe de Oficina
2045
24
No. de Empleados
Dependencia y denominación del empleo
Código
Grado
16
Jefe de División
2040
23
12
Profesional especializado
3010
20
11
Profesional especializado
3010
18
17
Profesional especializado
3010
16
18
Profesional especializado
3010
14
9
Profesional universitario
3020
12
4
Profesional universitario
3020
10
3
Profesional universitario
3020
08
2
Profesional universitario
3020
04
3
Técnico administrativo
4065
15
6
Técnico administrativo
4065
14
2
Técnico administrativo
4065
13
5
Técnico administrativo
4065
09
1
Técnico operativo
4080
07
14
Secretario ejecutivo
5040
22
7
Secretario ejecutivo
5040
18
16
Secretario ejecutivo
5040
17
5
Secretario ejecutivo
5040
13
12
Auxiliar administrativo
5120
14
2
Operario calificado
5300
14
1
Operario calificado
5300
10
13
Conductor mecánico
5310
13
10
Auxiliar de servicios generales
5335
09
Artículo 2º. El Ministro de Desarrollo Económico, mediante acto administrativo, distribuirá el personal en los cargos de la planta que se establecen mediante el presente Decreto, de conformidad con la estructura interna del Ministerio, la naturaleza de las funciones, las necesidades del servicio y los planes de la institución.
Artículo 3º. Los funcionarios que sean incorporados como consecuencia de la reestructuración del Ministerio de Desarrollo Económico, devengaran el salario que les correspondía en la anterior planta hasta el día que tomen posesión del cargo en la nueva planta que se adopta en el presente Decreto.
Artículo 4º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición deroga el Decreto 753 de 1993 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 29 de enero de 1997.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
José Antonio Ocampo.
El Viceministro de Industria, Comercio y Turismo encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Desarrollo Económico,
Manuel José Cárdenas.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Edgar Alfonso Salas González.