DECRETO 1854 DE 1997

Decretos 1997

DECRETO 1854 DE 1997    

(julio 23)    

por el cual se designa temporalmente un Gobernador  para el Departamento 

  del Guainía.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de las facultades conferidas por el  artículo 304 de la Constitución Política y en su condición de Jefe de Estado,  Jefe de Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa, y    

CONSIDERANDO:    

Que por medio de oficio  número 1249 del 4 de julio de 1997, el Secretario Administrativo de la Unidad  Nacional de Fiscalías ante la Corte Suprema de Justicia, comunicó al Presidente  de la República, la decisión contenida en la resolución calendada el 12 de  junio de 1997, suscrita por el Fiscal General de la Nación dentro de la  investigación número 2393, mediante la cual se profirió resolución de acusación  y se revocó el beneficio de libertad provisional al doctor Humberto Tovar  Herrera, Gobernador del departamento del Guainía;    

Que en el citado oficio se  solicita al Presidente de la República que, de acuerdo con lo preceptuado en  los artículos 304 de la Constitución Política y 399 del Código de Procedimiento  Penal, se decrete la suspensión en el ejercicio del cargo, al doctor Humberto  Tovar Herrera, en su condición de Gobernador del departamento del Guainía;    

Que el Gobierno Nacional,  atendiendo la petición elevada por la Fiscalía General de la Nación y teniendo  en cuenta que la providencia que ordena solicitar la medida de suspensión es de  efecto inmediato, mediante Decreto  número 1745 del 8 de julio de 1997, suspendió al doctor Humberto Tovar  Herrera, del cargo de Gobernador del Departamento del Guainía;    

Que en virtud a que en las  disposiciones legales vigentes que regulan la organización  política-administrativa de los departamentos, no existe norma aplicable que  determine el procedimiento a seguir para la designación de gobernador en  reemplazo del titular, es necesario atender lo expuesto por el honorable  Consejo de Estado en conceptos 812 del 30 de abril de 1996 y 812-A del 24 de  julio de 1996, en el sentido de aplicar, mientras se reglamenta el inciso 2º  del artículo 303 de la Constitución Política, lo dispuesto para los alcaldes en  la Ley 136 de 1994;    

Que el artículo 106 de la Ley 136 de 1994  establece que, en los casos de falta absoluta o suspensión, se designará  alcalde del mismo movimiento y filiación política del titular, de terna que  para el efecto presente el movimiento al cual pertenezca en el momento de la  elección;    

Que de acuerdo con el acta  de inscripción que obra en la Registraduría Nacional del Estado Civil, Humberto  Tovar Herrera aparece inscrito por el Movimiento Nacional Conservador y con el  aval del mismo;    

Que el Movimiento Nacional  Conservador, quien avaló la inscripción de Humberto Tovar Herrera, remitió al  Presidente de la República la terna correspondiente, para los efectos de la  designación temporal de Gobernador del Guainía;    

Que una vez cumplidos los  requisitos exigidos por el artículo 106 de la Ley 136 de 1994, se  hace necesario designar temporalmente el reemplazo del funcionario suspendido,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Designar  temporalmente como Gobernador del departamento del Guainía, mientras dura la  suspensión impuesta al titular por la Fiscalía General de la Nación, mediante  providencia del 12 de junio de 1997, al doctor Rafael Cortés Ruiz, identificado  con la cédula de ciudadanía número 2858130 de Santa Fe de Bogotá, D.C.    

Además de las funciones que  le son propias, el Gobernador designado deberá cumplir con el programa de  gobierno del Gobernador de elección popular.    

Artículo 2º. A partir de la  fecha de posesión del doctor Rafael Cortés Ruiz, termínase el encargo hecho al  doctor Atilano Cuesta Conto, efectuado mediante Decreto 1745 de 1997,  para que desempeñara las funciones del Despacho del Gobernador del Guainía.    

Artículo 3º. Este decreto  rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Santa Fe de Bogotá,  D.C., a 23 de julio de 1997.    

ERNESTO  SAMPER PIZANO    

El Ministro del Interior,    

Carlos Holmes Trujillo  García.    

               

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