DECRETO 1777 DE 1997

Decretos 1997

DECRETO 1777 DE 1997     

(julio  11)    

por  el cual se separa en forma absoluta de las Fuerzas Militares a un oficial del  Ejército.    

El Presidente de la República de  Colombia en uso de las facultades legales que le confiere el Decreto 1211 de 1990,  en su artículo 146, y    

CONSIDERANDO:    

Que el  señor Subteniente César Augusto Cala Guarnizo fue condenado a la pena principal  de quince (15) meses y diez (10) días de prisión, por el delito de ataque al  inferior, mediante sentencia de fecha 24 de enero de 1997 proferida por el  Presidente de un Consejo Verbal de Guerra;    

Que el  Tribunal Superior Militar confirmó la anterior decisión, mediante providencia  de fecha 29 de abril de 1997;    

Que el  citado oficial fue suspendido en el ejercicio de funciones y atribuciones  mediante Resolución número 11420 del 26 de diciembre de 1995, por los delitos  de ataque al inferior y lesiones personales;    

Que el  parágrafo 2º del artículo 124 del Decreto 1211 de 1990,  dispone que cuando la sentencia definitiva fuere condenatoria las sumas  retenidas pasarán a formar parte de los recursos propios de la Caja de Retiro  de las Fuerzas Militares;    

Que el  artículo 144 del Decreto 1211 de 1990,  dispone la separación absoluta de las Fuerzas Militares para el personal de  oficiales y suboficiales cuando sea condenado a la pena principal de prisión  por la justicia penal militar o por la ordinaria,    

DECRETA:    

Artículo  1º. Sepárase en forma absoluta de las Fuerzas Militares al señor Subteniente  César Augusto Cala Guarnizo 79626559, orgánico del Batallón de Ingenieros  número 4 “General Pedro Nel Ospina”, de conformidad con lo dispuesto  en el artículo 144 del Decreto 1211 de 1990.    

Artículo  2º. Ordénase que los haberes retenidos durante el tiempo de suspensión y que  correspondan a la pena principal, pasen a la Caja de Retiro de las Fuerzas  Militares y el excedente devolverlo al oficial.    

Artículo  3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado en  Santa Fe de Bogotá, D. C., a 11 de julio de 1997.    

ERNESTO  SAMPER PIZANO    

El Ministro de Defensa Nacional,    

Gilberto Echeverri Mejía.              

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *