DECRETO 1764 DE 1997
(julio 10)
por el cual se designa al suplente del Presidente de la Junta Directiva del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el ordinal 11 de artículo 189 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 24 de la Ley 7ª de 1979, todos los miembros principales de la Junta Directiva del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, tienen asignados un representante o suplente, según el caso, que puede suplir las ausencias temporales y absolutas de aquéllos;
Que el artículo 25 de la citada ley, dispone que la Junta Directiva del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar será presidida por la persona que el Presidente de la República designe;
Que para garantizar el adecuado cumplimiento de los fines del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, se hace necesario designar al suplente del Presidente de la Junta Directiva del Instituto, quien lo reemplazará en sus ausencias temporales y absolutas, en este último caso, mientras el Presidente de la República designa al principal,
DECRETA:
Artículo 1º. Desígnase al doctor Armando Morales Ocampo, identificado con la cédula de ciudadanía número 19407888 de Bogotá, como Suplente del Presidente de la Junta Directiva del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C. a 10 de julio de 1997.
ERNESTO SAMPER PIZANO
La Ministra de Salud,
María Teresa Forero de Saade.