DECRETO 1760 DE 1997

Decretos 1997

DECRETO 1760 DE 1997     

(julio 9)    

por el cual se aclara el  parágrafo del artículo 2º del Decreto 236 de 1997  sobre nomenclatura de empleos de que tratan los Decretos-leyes 1042 de 1978, 90 de 1988 y demás  normas modificatorias.    

Nota: Derogado por el Decreto 62 de 1998,  artículo 8º.    

El  Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales  señaladas en la Ley 4ª de 1992, y    

CONSIDERANDO:    

Que  los empleos de Director de Establecimiento Carcelario, código 5070, grados 20,  16, 13 y 11 y de Subdirector de Establecimiento Carcelario, código 5115, grados  11 y 09 se encontraban ubicados dentro de la nomenclatura y clasificación de  empleos en el Nivel Asistencial;    

Que las  funcines y responsabilidades asignadas a los refereridos empleos ameritaban  ubicarlos en un nivel jerárquico superior;    

Que  acorde con la propuesta presentada por el Instituto Nacional Penitenciario y  Carcelario-INPEC-, se realizaron los estudios técnicos y económicos  pertinentes, determinándose ubicar dichos empleos en el nivel ejecutivo para lo  cual se adicionó la nomenclatura y clasificación de empleos de que tratan los  Decretos-leyes 1042 de 1978, 90 de 1988 y demás  normas modificatorias;    

Que  los estudios técnicos y económicos efectuados previamente por el Ministerio de  Hacienda y Crédito Público y el Departamento Administrativo de la Función  Pública, contempla que dentro de la nueva asignación básica asignada a los  cargos del nivel ejecutivo de Director de Establecimiento Carcelario código  2220, grados 06, 08, 10 y 12, y Subdirector de Establecimiento Carcelario  código 2225, grados 04, 06 y 08, se incluía el sobresueldo que venían  percibiendo los cargos de Director y Subdirector de Establecimiento Carcelario  del Nivel Asistencial;    

Que  de conformidad con las razones expuestas en el considerando anterior, a los  cargos de Director y Subdirector de Establecimiento Carcelario, reclasificados  en el nivel ejecutivo, no podría reconocerse adicionalmente el sobresueldo ya  involucrado en la asignación básica correspondiente;    

En  cuanto a los derechos adquiridos: el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso  Administrativo, en sentencia de julio 17 de 1995, precisó “Respecto de los  derechos adquiridos de los servidores públicos ha dicho la sala que solamente  pueden invocarse respecto de aquellos derechos laborales que el servidor ha  consolidado durante su relación laboral, no sobre expectativas que dependan del  mantenimiento de una legislación de derecho público, a cuya intangibilidad no  se tiene ningún derecho”;    

Que  en consecuencia, se hace necesario aclarar el parágrafo del artículo 2º del Decreto 236 de 1997,  en el sentido de que para los empleos de Director y Subdirector de  Establecimiento Carcelario del Nivel Ejecutivo a que se refiere el citado  artículo, no corresponde el subresueldo previsto en el artículo 1º del Decreto 48 de 1997,    

DECRETA:    

Artículo  1º. Aclárase el parágrafo del artículo segundo del Decreto 236 de 1997  en el sentido de que el reconocimiento del sobresueldo únicamente se aplica al  personal del Cuerpo de custodia y vigilancia del Instituto Nacional  Penitenciario y Carcelario-INPEC-, perteneciente al nivel asistencial, que a  continuación se relaciona:    

Denominación Código  Grado Sobresueldo    

Mayor  de Prisiones 5000 16 168.726    

Capitán  de Prisiones 5110 13 168.285    

Teniente  de Prisiones 5145 11 172.828    

Inspector  Jefe 5165 09 169.873    

Inspector  5170 08 168.513    

Distinguido  5255 07 166.241    

Dragoneante  5260 06 164.423    

Artículo  2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica  las disposiciones que le sean contrarias.    

Publíquese  y cúmplase.    

Dado  en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 9 de julio de 1997.    

ERNESTO SAMPER PIZANO    

La  Ministra de Justicia y del Derecho,    

Almabeatriz Rengifo López.    

El  Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

José Antonio Ocampo Gaviria.    

El Director del Departamento  Administrativo de la Función Pública,    

Edgar Alfonso González Salas.    

               

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