DECRETO 1739 DE 1997

Decretos 1997

DECRETO 1739 DE 1997    

(julio 7)    

por medio  del cual se declara en situación de disponibilidad a un funcionario 

  del Ministerio de Relaciones Exteriores.    

El  Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades  constitucionales y legales y en especial de las que le confiere el Decreto ley 10 de  1992, y    

CONSIDERANDO:    

Que Luis Gerardo Guzmán Valencia fue nombrado mediante  Resolución número 820 del 7 de abril de 1981, en el cargo de Asistente  Administrativo. Tomó posesión del cargo el 13 de abril de 1981;    

Que Luis Gerardo Guzmán Valencia, fue inscrito en el  escalafón de la Carrera Diplomática y Consular de la República, en la categoría  de Primer Secretario, mediante Decreto  595 del 27 de marzo de 1989;    

Que Luis Gerardo Guzmán Valencia, en la actualidad  desempeña el cargo de Consejero, Grado Ocupacional 4 EX, en la Embajada de  Colombia ante el Gobierno de Italia; mediante Decreto  1201 del 29 de abril de 1997, fue trasladado a la planta interna al cargo  de Asesor, Código 1020, Grado 04;    

Que Luis Gerardo Guzmán Valencia, mediante Oficio número  381-100-8 del 26 de mayo de 1997, solicita se le declare en situación de  disponibilidad, por el término de dos (2) años, contados a partir del 15 de  julio de 1997;    

Que el artículo 44 del Decreto  ley 10 del 3 de enero de 1992, establece que la disponibilidad es la  situación en la que se encuentra el funcionario de la Carrera Diplomática y  Consular que se margina transitoriamente y por su propia voluntad del desempeño  de cargos remunerados en el servicio público. La disponibilidad será declarada  mediante decreto y sólo procederá a solicitud del interesado;    

Que por las  razones anteriormente expuestas es procedente declarar en situación de disponibilidad  a Luis Gerardo Guzmán Valencia,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Declárese en situación de disponibilidad a  Luis Gerardo Guzmán Valencia, funcionario inscrito en el escalafón de la  Carrera Diplomática y Consular de la República, en la categoría de Consejero, por  el término de dos (2) años, contados a partir del 15 de julio de 1997. Debe  reintegrarse a su cargo el 14 de julio de 1999.    

Artículo 2º. Este decreto rige a partir de la fecha de su  expedición.    

Comuníquese y cúmplase.    

Dado  en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 7 de julio de 1997.    

ERNESTO SAMPER PIZANO    

La  Ministra de Relaciones Exteriores,    

María Emma Mejía Vélez.    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *