DECRETO 1737 DE 1997

Decretos 1997

DECRETO 1737 DE 1997    

(julio 7)    

por medio  del cual se confiere una condecoración de la Orden de Boyacá.    

El  Presidente de la República de Colombia en uso de sus facultades legales, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Gobierno Nacional ha instituido la Orden de  Boyacá, con el fin de honrar y enaltecer a colombianos y extranjeros, que se  hayan distinguido por sus servicios al país;    

Que la Clínica Cardiovascular Santa María, obra de la  Congregación Mariana de Medellín y fundada hace 31 años, ha desarrollado una  importante labor en el diagnóstico, tratamiento y recuperación de pacientes con  enfermedades cardiovasculares;    

Que la Clínica Cardiovascular Santa María ha realizado  una memorable labor en los campos de la investigación y la formación de  especialistas en el área, realizando un invaluable aporte al desarrollo de  Colombia;    

Que es deseo del Gobierno Nacional reconocer los méritos  y exaltar las altas calidades profesionales de quienes como la Clínica  Cardiovascular Santa María, han contribuido a mejorar la calidad de vida de los  colombianos y a enaltecer el buen nombre del país,    

DECRETA:    

Artículo  1º. Confiérese la Orden de Boyacá en el Grado de Cruz de Plata a la Clínica  Cardiovascular Santa María.    

Artículo  2º. Este decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Comuníquese  y publíquese.    

Dado  en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 7 de julio de 1997.    

ERNESTO SAMPER PIZANO    

La  Ministra de Relaciones Exteriores,    

María Emma Mejía Vélez.    

               

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