DECRETO 1702 DE 1997
(julio 3)
por el cual se confiere la Condecoración “Servicios Distinguidos en Orden Público” a un personal del Ejército Nacional.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades legales que le confiere el artículo 26 del Decreto 1880 de 1988, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con los dispuesto en el artículo 26 del Decreto 1880 de 1988, la Condecoración “Servicios Distinguidos en Orden Público” se conferirá a los miembros de las Fuerzas Militares, cuando el Gobierno considere que han llevado la paz, la tranquilidad y el progreso a la jurisdicción que se les ha encomendado;
Que de acuerdo con el parágrafo 1º del artículo 26 del decreto antes citado, esta condecoración podrá otorgarse a un mismo individuo tantas veces cuantas se haga acreedor a ella, en acciones diferentes;
Que el personal que se relaciona en el presente decreto, se distinguió en operaciones contra grupos subversivos realizadas en diferentes regiones del país, logrando resultados significativos en beneficio de la paz y la tranquilidad ciudadana;
Que corresponde al Gobierno Nacional reconocer el esfuerzo y exaltar al personal de las Fuerzas Militares que con sus servicios contribuyen al mantenimiento del orden interno de la Nación,
DECRETA:
Artículo 1º. Confiérese la Condecoración “Servicios Distinguidos en Orden Público” al siguiente personal del Ejército Nacional, así:
Por tercera vez:
1. TCINF Carlos Murcia Nieto 7300307
Por primera vez:
1. CTCAB Jairo Enrique Mendoza Ochoa 8705059
2. SSCAB Pablo Antonio Ruiz Carrillo 8422467
3. CSIMI Yeiro José Trujillo Pacheco 78749031
Parágrafo. La condecoración será impuesta al personal en acto especial, de acuerdo con el Reglamento de Ceremonial Militar.
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 3 de julio de 1997.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Defensa Nacional,
Gilberto Echeverri Mejía.