DECRETO 1667 DE 1997
(junio 27)
por el cual se adiciona la nomenclatura y clasificación de empleos de que trata el Decreto 1681 de 1991 y demás disposiciones que le modifican o adicionan.
El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,
DECRETA:
Artículo 1º. Adiciónase la nomenclatura y clasificación de empleos de que trata el Decreto 1681 de 1991 y demás disposiciones que le modifican y adicionan, así:
Nivel de dirección y asistencia al Presidente
Denominación del empleo Código Grado
Veedor Ciudadano 125–
Artículo 2º. La remuneración mensual del empleo de Veedor Ciudadano será la establecida por las disposiciones legales para el Subdirector del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, en los mismos términos, condiciones y cuantías.
Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y adiciona en lo pertinente el Decreto 1681 de 1991 y demás disposiciones que le modifican y adicionan.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 27 de junio de 1997
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Eduardo Fernández Delgado.
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Juan Carlos Posada García-Peña.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Edgar Alfonso González Salas.