DECRETO 1610 DE 1997

Decretos 1997

DECRETO 1610  DE 1997    

(junio 24)    

por el cual se introducen algunas  modificaciones en el Arancel 

  de Aduanas.    

El Presidente de la República  de Colombia, en uso de las facultades conferidas por el numeral 25 del artículo  189 de la Constitución Política, con sujeción a las normas generales previstas  en las Leyes 6ª de 1971 y 7ª de 1991, oído el  Consejo Superior de Comercio Exterior,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Introducir en la  subpartida arancelaria 8523.11.00.00 el desdoblamiento que a continuación se  indica:    

Subpartida Descripción Gravamen %    

-Cintas magnéticas:    

8523.11.00-De anchura inferior  o igual a 4 mm:    

10-Para la impresión de  sonido, en rollos    

de más de 2.100 m. 12    

90-Las demás 20    

Artículo 2º. Fijar los  siguientes gravámenes arancelarios a las subpartidas del Arancel de Aduanas que  a continuación se señalan:    

Subpartida Gravamen %    

2905320000 7    

3824909110 0    

Artículo 3º. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Santa Fe de Bogotá, a  24 de junio de 1997.    

ERNESTO SAMPER PIZANO    

El Ministro de Hacienda y  Crédito Público,    

José Antonio Ocampo G.    

El Ministro de Comercio  Exterior,    

Carlos Ronderos T.    

               

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