DECRETO 1592 DE 1997
(junio 19)
por el cual se modifica el artículo 1º del Decreto 1555 del 13 de junio de 1997.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales conferidas por el numeral 1º del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y de las legales otorgadas en los Decretos 1950 de 1973 y 1045 de 1978,
DECRETA:
Artículo 1º. El artículo 1º del Decreto 1555 del 13 de junio de 1997 quedará así: “autorizar a partir del 27 de junio de 1997 y hasta el 4 de julio del mismo año, el disfrute de cinco (5) días hábiles pendientes de las vacaciones autorizadas mediante Decreto número 1113 del 24 de junio de 1996 e interrumpidas mediante Decreto número 1186 del 5 de junio de 1996, al doctor José Antonio Ocampo Gaviria, identificado con la cédula de ciudadanía número 14987899 de Cali, actual Ministro de Hacienda y Crédito Público, por el período de servicios comprendido entre el 21 de marzo de 1995 y el 20 de marzo de 1996. Quedan pendientes tres (3) días hábiles de vacaciones por disfrutar”.
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 19 de junio de 1997.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Juan Carlos Posada.