DECRETO 1584 DE 1997

Decretos 1997

DECRETO 1584  DE 1997    

(junio 18)    

por el cual se retira del servicio  activo a unos oficiales y se inscribe en el escalafón complementario a un  oficial del Ejército Nacional.    

El Presidente de la República  de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas  en el Decreto 1211 de 1990,  previo el correspondiente concepto de la honorable Junta Asesora del Ministerio  de Defensa Nacional,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Retírase del  servicio activo del Ejército Nacional en forma temporal con pase a la reserva y  por solicitud propia, con fecha 20 de junio de 1997, a los siguientes  oficiales, de conformidad con lo establecido en los artículos 128, 129 literal  a) numeral 1º y 130 del Decreto 1211 de 1990,  así:    

Coronel Ing. Gabriel Vera  Mogollón. 6293107, inscrito en el escalafón complementario, orgánico del  Cuartel General del Comando General de las Fuerzas Militares.    

Coronel Ing. José Jaime  Rodríguez Alvarez, 6675673, orgánico del Cuartel General del Comando del  Ejército.    

Coronel Art. Hernán Contreras  Peña, 6620015, orgánico del Cuartel General del Comando General de las Fuerzas  Militares.    

Parágrafo. Los señores  oficiales citados anteriormente continuarán dados de alta por el lapso de tres  (3) meses contados, a partir de la fecha de retiro, en la Tesorería Principal  del Comando del Ejército, en los términos y para los efectos del artículo 164  del Decreto 1211 de 1990.    

Artículo 2º. Inscríbese al  señor Coronel Inf. Julio Hernán Chaparro Rincón, 6519222, orgánico del Cuartel  General del Comando del Ejército en el escalafón complementario, por haber  reunido los requisitos exigidos para el efecto, con fecha 20 de junio de 1997 y  de conformidad con lo dispuesto en los artículos 26 y 28 del Decreto 1211 de 1990  y 13 del Decreto 989 de 1992.    

Parágrafo. A partir de la  fecha de inscripción en el escalafón complementario, el señor Coronel Chaparro  Rincón percibirá haberes de acuerdo con el artículo 75 del Decreto 1211 de 1990.    

Artículo 3º. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.  C., a 18 de junio de 1997.    

ERNESTO SAMPER PIZANO    

El Ministro de Defensa  Nacional,    

Gilberto Echeverri Mejía    

               

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