DECRETO 1397 DE 1997

Decretos 1997

DECRETO 1397 DE 1997    

(mayo 26)    

por el cual se suspende la  ejecución de órdenes de captura.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades  conferidas por el artículo 14 de la Ley 104 de 1993,  modificado por el artículo 4º de la Ley 241 de 1995, y    

CONSIDERANDO:    

Que  el Gobierno Nacional viene adelantando conversaciones con la organización  guerrillera “Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia, FARC”,  tendientes a la entrega de los soldados e infantes de marina que están en su  poder;    

Que  estas conversaciones están enmarcadas dentro de los propósitos de paz y  reconciliación nacional;    

Que  los señores que se identifican como Joaquín Gómez, Rolando Romero y Fabián  Ramírez han sido designados como miembros-representantes por las FARC para  estas conversaciones;    

Que  el parágrafo 1º del artículo de la Ley 104 de 1993,  modificado por el artículo 4º de la Ley 241 de 1995,  dispone:    

“Parágrafo  1º. Con el fin de facilitar su desplazamiento por el territorio nacional,  el Gobierno Nacional podrá suspender la ejecución de las órdenes de captura que  se hayan dictado o se dicten contra los miembros-representantes de los grupos  guerrilleros que adelanten conversaciones de paz con el Gobierno Nacional, por  el tiempo que éste determine (…)”;    

Que  en aplicación de la norma citada se hace necesario suspender la ejecución de  las órdenes de captura proferidas contra los señores anteriormente mencionados,    

DECRETA:    

Artículo  1º. Suspender en todo el territorio nacional las órdenes de captura proferidas  en contra de Joaquín Gómez, Rolando Romero y Fabián Ramírez.    

Artículo  2º. La suspensión de las órdenes de captura regirá entre el 28 de mayo y el 23  de junio del presente año.    

Artículo  3º. Este decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese  y cúmplase.    

Dado  en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 26 de mayo de 1997.    

ERNESTO  SAMPER PIZANO    

El  Ministro del Interior,    

Horacio  Serpa Uribe.    

La  Ministra de Justicia y del Derecho,    

Almabeatriz  Rengifo López.              

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