DECRETO 1324 DE 1997

Decretos 1997

DECRETO 1324 DE 1997    

(mayo 16)    

por  el cual se designa gobernador ad hoc para el departamento de Cundinamarca.    

El Presidente de la República de  Colombia, obrando en su condición de Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y suprema  autoridad administrativa, y    

CONSIDERANDO:    

Que Leonor Serrano de Camargo, gobernadora del  departamento de Cundinamarca, mediante auto de enero 21 de 1997, decidió  declararse impedida para resolver el incidente de nulidad propuesta contra la  providencia de noviembre 5 de 1996, proferida por el señor gobernador encargado  de Cundinamarca, mediante la cual resolvió la segunda instancia en el proceso  civil ordinario de policía de Liria Arevalo Rodríguez contra Ramiro Gómez  Posada, adelantado en la inspección municipal de Policía de Apulo (Cundinamarca),  por perturbación a la posesión;    

Que atendiendo las razones expuestas por Leonor  Serrano de Camargo, el Gobierno Nacional mediante Decreto  465 de febrero 26 de 1997, aceptó el impedimento propuesto y designó como  gobernador ad hoc para el  departamento de Cundinamarca a Jorge Eliécer Hernández Bustos, profesional  universitario de la Dirección General Jurídica del Ministerio del Interior,  para que asumiera el conocimiento y decidiera sobre la solicitud de nulidad  interpuesta dentro del proceso policivo ya referido;    

Que Jorge Eliécer Hernández Bustos renunció al  cargo que venía desempeñando en el Ministerio del Interior como profesional  universitario de la Dirección General Jurídica, por lo que se hace necesario  designar su reemplazo, para que continúe con la actuación, de conformidad con  lo dispuesto en el artículo 189, numerales 10 y 11 de la  Constitución Política;    

Que así mismo, la Ley 4ª de 1913, en su  artículo 66 dispone que todo lo relativo a la administración general de la  República que no esté especialmente atribuido a otros poderes públicos,  corresponde al Presidente de la República,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Designar a Francisco Beltrán Peñuela,  profesional universitario de la Dirección General Jurídica del Ministerio del  Interior, como gobernador ad hoc  para el departamento de Cundinamarca, para que asuma el conocimiento y decida  sobre la solicitud de nulidad interpuesta contra la providencia de noviembre 5  de 1996, proferida por el señor gobernador encargado de Cundinamarca, dentro  del proceso civil ordinario de policía de Liria Arévalo Rodríguez contra Ramiro  Gómez Posada, adelantado por la inspección municipal de Policía de Apulo  (Cundinamarca), en reemplazo de Jorge Eliécer Hernández Bustos.    

Artículo 2º. Este decreto rige a partir de la fecha  de su publicación.    

Publíquese, notifíquese y  cúmplase.    

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.  C. , a 16 de mayo de 1997.    

ERNESTO SAMPER PIZANO    

El Ministro del Interior,    

Horacio Serpa Uribe              

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