DECRETO 1284 DE 1997
(mayo 13)
por el cual se confiere la Condecoración “Servicios Distinguidos en Orden Público”
a un personal del Ejército Nacional.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales que le confiere el artículo 26 del Decreto 1880 de 1988, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 del Decreto 1880 de 1988, la Condecoración “Servicios Distinguidos en Orden Público” se conferirá a los miembros del Ejército Nacional, cuando el Gobierno considere que han llevado la paz, la tranquilidad y el progreso a la jurisdicción que se les ha encomendado;
Que de acuerdo con el parágrafo 1º del artículo 26 del decreto antes citado, esta condecoración podrá otorgarse a un mismo individuo tantas veces cuantas se haga acreedor a ella, en acciones diferentes;
Que el personal que se relaciona en el presente decreto, se distinguió en operaciones contra grupos subversivos realizadas en diferentes regiones del país, logrando resultados significativos en beneficio de la paz y la tranquilidad ciudadana;
Que corresponde al Gobierno Nacional reconocer el esfuerzo y exaltar al personal del Ejército Nacional que con sus servicios contribuyen al mantenimiento del orden interno de la Nación.
DECRETA:
Artículo 1º. Confiérese la Condecoración “Servicios Distinguidos en Orden Público” al siguiente personal del Ejército Nacional, así:
Por tercera vez.
1. Myart Andrés Leonardo Rodríguez Fernández 8001506
Por primera vez.
1. Cring Oscar Enrique González Peña 7002273
2. Start Fernando Angarita Santos 79778963
3. Cpinf Hugo Fernando Ortiz Bustos 7691192
4. Slv Luis Manuel Quintero García 8510702
5. Slv Jovany D. Bustamante Bustamante 2295521
Parágrafo. La condecoración será impuesta al personal en acto especial, de acuerdo con el Reglamento de Ceremonial Militar.
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 13 de mayo de 1997.
ERNESTO SAMPER PIZANO.
El Ministro de Defensa Nacional,
Gilberto Echeverry Mejía.