DECRETO 1254 DE 1997

Decretos 1997

DECRETO 1254 DE 1997    

(mayo  13)    

por el cual se aprueba el Acuerdo número 003 del 25  de junio de 1996 expedido por el Consejo Directivo del Colegio Mayor de  Antioquia, sobre modificación de la planta de personal administrativo de la  institución.    

Nota: Adicionado por el Decreto 571 de 1997,  artículo 5º.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le  confiere el artículo 74 del Decreto ley 1042  de 1978,    

DECRETA:    

Artículo  1º. Aprobar el Acuerdo número 003 del 25 de junio de 1996 expedido por el  Consejo Directivo del Colegio Mayor de Antioquia, sobre modificación de la  planta de personal administrativo de la Institución, cuyo texto es el  siguiente:    

«ACUERDO  NÚMERO 003 DE 1996    

(junio  25)    

por el cual se modifica la planta de personal  administrativo 

  del Colegio Mayor de Antioquia.    

El  Consejo Directivo del Colegio Mayor de Antioquia, en uso de sus atribuciones  legales y estatutarias, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante  el Acuerdo 019 del 21 de abril de 1993, expedido por el Consejo Superior, se  adoptó la planta de personal administrativo del Colegio Mayor de Antioquia, la  cual fue aprobada mediante el Decreto  1406 del 21 de julio de 1993, expedido por el Gobierno Nacional;    

Que  mediante el artículo 2º del citado Decreto se fijó en ocho (8) el número de  trabajadores oficiales al servicio del Colegio Mayor de Antioquia;    

Que con  la expedición de la Ley 30 de 1992 se  derogó expresamente el Decreto ley 80 de  1980 y en consecuencia desapareció el artículo 122 del mencionado Decreto,  norma que definía a los trabajadores oficiales como aquellos que desempeñan  funciones en construcción, preparación de alimentos, actividades agropecuarias,  jardinería, aseo y mantenimiento de edificaciones o equipos;    

Que las  funciones que cumplen los actuales trabajadores oficiales al servicio de la  institución no corresponden a las definidas por las normas legales vigentes  para los trabajadores oficiales y por lo tanto se hace necesario modificar la  planta de personal para convertir los cargos de trabajadores oficiales en  cargos de empleados públicos;    

Que de  acuerdo con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes los  trabajadores oficiales tienen las mismas garantías salariales y prestacionales  que corresponden a los empleados públicos, por lo que estima que con la  conversión de los cargos no se afecta el presupuesto de gastos de la institución  por concepto de servicios personales,    

ACUERDA:    

Artículo  1º. Suprímese el artículo 2º del Acuerdo 019 del 21 de abril de 1993.    

Artículo  2º. Créanse los siguientes empleos dentro de la planta de personal  administrativo del Colegio Mayor de Antioquia:    

Número cargos Denominación del empleo Código Grado    

4  Auxiliar de Servicios Generales 5335 03    

4  Celador 5320 03    

Artículo  3º. El Rector mediante acto administrativo hará la distribución de los  anteriores cargos y la ubicación del personal de acuerdo con la estructura  orgánica, los planes y programas y las necesidades del servicio.    

Artículo  4º. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, y deroga  las disposiciones que le sean contrarias, en especial el artículo 2º del  Acuerdo 019 de 1993 y el Acuerdo 012 del 10 de julio de 1995.    

Comuníquese  y cúmplase.    

Dado  en Medellín a los veinticinco (25) días del mes de junio de 1996.    

La  Presidente,    

Norha Isabel González Salazar.    

El  Secretario,    

Gildardo A. Pérez Lopera.»    

Artículo  2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga  las disposiciones que le sean contrarias.    

Publíquese  y cúmplase.    

Dado  en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 13 de mayo de 1997.    

ERNESTO  SAMPER PIZANO    

El  Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

José Antonio Ocampo Gaviria.    

El  Ministro de Educación Nacional,    

Jaime Niño Díez.    

El  Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,    

Edgar Alfonso González Salas.    

               

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