DECRETO 1250 DE 1997

Decretos 1997

DECRETO 1250 DE 1997    

(mayo 13)    

por el  cual se modifican los artículos 1º y 2º del Decreto  984 del 7 de abril de 1997.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales,  especialmente las conferidas por los Decretos números 32 y 1050 de 1997,    

CONSIDERANDO:    

Que se hace necesario aclarar el artículo 1º del Decreto  número 984 del 7 de abril de 1997, en el sentido que el doctor Orlando  Cabrales Martínez, solicitó autorización de comisión para viajar a la ciudad de  San José de Costa Rica, por los días comprendidos entre el 9 y hasta el 12 de  abril de 1997, realizándose la comisión sólo del 9 y hasta 11 de abril de 1997;    

Que en consecuencia, también se debe modificar el  artículo 2º de la misma disposición, por cuanto debe reconocerse y ordenarse el  pago de 2 y ½ días y no de 3 y ½ días, de acuerdo con el considerando anterior,    

RESUELVE:    

Artículo 1º. Aclarar el artículo 1º del Decreto  número 984 del 7 de abril de 1997, en el sentido que la comisión conferida  al doctor Orlando Cabrales Martínez, se realizó del 9 y hasta 11 de abril de  1997 a la ciudad de San José de (Costa Rica).    

Artículo 2º. Aclarar el artículo 2º del Decreto  número 984 del 7 de abril de 1997, en el sentido que se debe reconocer y  ordenar pagar a favor del doctor Orlando Cabrales Martínez, la suma de  quinientos dólares (US$500.00) por concepto de 2 y ½ días de comisión a la  ciudad de San José de Costa Rica.    

Artículo 3º. El presente Decreto, rige a partir de  la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.  C., a 13 de mayo de 1997.    

ERNESTO SAMPER PIZANO    

El Director del Departamento  Administrativo de la Presidencia de la República,    

Juan  Carlos Posada.    

               

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