DECRETO 1200 DE 1997

Decretos 1997

DECRETO 1200 DE 1997    

(abril  29)    

por el cual se ordena una comisión.    

Nota: Derogado por el Decreto 1512 de 1997,  artículo 1º.    

El  Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades  constitucionales y legales y en especial las que le confiere el numeral 2º del  artículo 189 de la Constitución Política y  en desarrollo del artículo 50 del Decreto ley 10 de  1992 y los Decretos 32 y 165 de 1997,    

DECRETA:    

Artículo  1º. Comisiónase a partir del 11 de mayo de 1997 y por el término de siete (7)  días, al doctor Sergio Camargo Moros, con rango de Ministro Consejero-Miembro  por parte de Colombia de la Comisión Mixta de Demarcación de la Frontera  Terrestre con la República de Venezuela, para que se traslade a la ciudad de  Caracas, Venezuela, con el fin de asistir a la reunión de la Comisión Mixta  Demarcadora de Límites entre Colombia y Venezuela, que se llevará a cabo en esa  ciudad.    

Artículo  2º. El doctor Camargo Moros, tiene derecho a pasaje aéreo en clase económica en  la ruta Santa Fe de Bogotá-Caracas-Santa Fe de Bogotá, por la suma de  trescientos veinticinco mil cien pesos ($325.100) y a la suma de ciento setenta  dólares (US$170) diarios por concepto de viáticos durante siete (7) días.    

Artículo  3º. El pasaje y los viáticos señalados en el presente decreto, se pagarán con  cargo al presupuesto del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones  Exteriores.    

Artículo  4º. El doctor Camargo Moros, debe rendir dentro de los tres (3) días siguientes  al vencimiento de esta Comisión el informe sobre su cumplimiento tal como lo  establece el artículo 16 del Decreto 165 de 1997.    

Artículo  5º. Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado  en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 29 de abril de 1997.    

ERNESTO  SAMPER PIZANO    

La  Ministra de Relaciones Exteriores,    

María Emma Mejía Vélez.    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *