DECRETO 1162 DE 1997
(abril 28)
por medio del cual se confiere una condecoración de la Orden
Nacional al Mérito.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional ha instituido la Orden Nacional al Mérito con el fin de honrar y enaltecer a colombianos y extranjeros que se hayan distinguido por sus servicios al país;
Que la Fundación para la Adopción de la Niñez Abandonada-FANA-ha cumplido veinticinco años de trabajo permanente en favor de la niñez desprotegida en Colombia;
Que la Fundación para la Adopción de la Niñez Abandonada-FANA-ha orientado sus esfuerzos a salvar a los niños desvalidos y a dar felicidad a familias que como ellos, a través de la adopción pudieron realizarse como padres;
Que la Fundación para la Adopción de la Niñez Abandonada-FANA-ha colaborado estrechamente con el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar a dar menores en grado de peligro físico o moral, la atención especializada;
Que es el deseo del Gobierno Nacional reconocer los méritos y exaltar la labor encomiable, de quienes como la Fundación para la Niñez Abandonada-FANA-han contribuido con dedicación y desprendimiento de sus intereses a la protección de la niñez desamparada;
DECRETA:
Artículo 1º. Confiérese la Orden Nacional al Mérito en el Grado de Cruz de Plata a la Fundación para la Adopción de la Niñez abandonada-FANA-.
Artículo 2º. Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 28 de abril de 1997.
ERNESTO SAMPER PIZANO
La Ministra de Relaciones Exteriores,
María Emma Mejía Vélez.