DECRETO 896 DE 1996

Decretos 1996

DECRETO 896  DE 1996    

(mayo 21)    

por el cual se determina una zona de frontera.    

Nota: Derogado por el  Decreto 930 de 1996,  artículo 2º.    

El Presidente de la República, en ejercicio de las facultades  constitucionales y legales, y en especial las conferidas por el artículo 5º de  la Ley 191 de 1995,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Para los efectos de la Ley 191 de 1995, se  determina Zona de Frontera, además de las establecidas en los Decretos 1814 y 2036 de 1995 y 150 de 1996, el  Municipio de Cumaribo, ubicado en el Departamento del Vichada.    

Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 21 de mayo de 1996.    

ERNESTO SAMPER PIZANO    

El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las  funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Santiago Herrera Aguilera.              

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