DECRETO 865 DE 1996

Decretos 1996

DECRETO 865  DE 1996    

(mayo  10)    

por el cual se aprueba  un Acuerdo del Instituto Geográfico “Agustín Codazzi”    

Nota: Derogado por el Decreto 208 de 2004,  artículo 32.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le  confieren los Decretos Extraordinarios 1050 y 3130 de 1968 y de  conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 12 del Decreto 2113 de 1992,    

DECRETA:    

Artículo  1o.: Aprobar el Acuerdo número 06 del 7 de Diciembre de 1995, expedido por la  Junta Directiva del Instituto Geográfico “Agustín Codazzi”, cuyo  texto es el siguiente:    

“ACUERDO  NÚMERO 06 DE 1995    

(diciembre  7)    

Por el cual se modifica y adiciona el Acuerdo 21 de  l 993, mediante el cual se determinó la estructura orgánica, se establecieron  las funciones de las dependencias del Instituto Geográfico “Agustín  Codazzi” y se adoptaron sus estatutos internos.    

La Junta  Directiva del Instituto Geográfico Agustín Codazzi”, en uso de sus facultades  regares y en especial de las conferidas en el artículo 24 el Decreto 3130 de 1968  y en el numeral 2 del artículo 12 del Decreto 2113 de 1992.    

ACUERDA:    

Artículo 1: Modificar el numeral 7 del  articulo 1 del Acuerdo 21 de 1993, el cual quedará así:    

“7. Oficina de investigación en  percepción remota-CIAF‑”    

Artículo 2: Adicionar la siguiente  función al artículo 3 del acuerdo 21 de 1993:    

“6. Poner previamente en conocimiento del  Ministerio de Relaciones Exteriores y luego aprobar la participación de la  entidad como asesora, consultora o prestataria de servicios, derivada de los  contratos internacionales, para la realización de todas o algunas de las  funciones del Instituto.”    

Artículo 3: Adicionar la siguiente  función al articulo 11 del acuerdo 21 de 1993:    

“21. Coordinar y participar con las otras dependencias  de la entidad la asesoría, consultoría o prestación de servicios, derivada de  los contratos internacionales”    

Artículo 4: Adicionar la siguiente  función al articulo 13 del Acuerdo 21 de 1993:    

“22. Participar en la asesoría, consultoría o  prestación de servicios, que el Instituto tenga a nivel internacional y en  cuanto corresponda a la naturaleza de las funciones de la Subdirección”    

Artículo 5: Adicionar la siguiente  función al artículo 16 del Acuerdo 21 de 1993:    

“26. Participar en la asesoría, consultoría o  prestación de servicios, que el Instituto tenga a nivel internacional y en  cuanto corresponda a la naturaleza de las funciones de la Subdirección”    

Artículo 6: Adicionar la siguiente  función al articulo 19 del acuerdo 21 de 1993:    

“24. Participar en la asesoría,  consultoría o prestación de servicios, que el Instituto tenga a nivel  internacional en cuanto corresponda a la naturaleza de las funciones de la  Subdirección”    

Artículo 7: Adicionar la siguiente  función al artículo 22 del acuerdo 21 de 1993:    

“21. Participar en la asesoría, consultoría o  prestación de servicios, que el Instituto tenga a nivel internacional y en  cuanto corresponda a la naturaleza de las funciones de la Subdirección”    

Artículo 8: El presente Acuerdo rige a  partir de la fecha de publicación del Decreto del Gobierno Nacional que lo  apruebe, deroga las disposiciones que le sean contrarias y, modifica y adiciona  el Acuerdo 21 de 1993.    

Comuníquese y cúmplase    

 Dado en Santa Fe de Bogotá D. C.. a    

La  Presidente                                     VIRGINIA  MARTINEZ PARRA                                   La  Secretaria AMY CAROLINA CLARKSON PULIDO    

Artículo 2o.: El presente Decreto rige a partir de  la fecha de su publicación, y modifica en lo pertinente el Decreto 1008 de 1993.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Santa fé de Bogotá D.C, a los. 1 0 de mayo  1996    

ERNESTO SAMPER PIZANO    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Guillermo  Perry Rubio              

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