DECRETO 865 DE 1996
(mayo 10)
por el cual se aprueba un Acuerdo del Instituto Geográfico “Agustín Codazzi”
Nota: Derogado por el Decreto 208 de 2004, artículo 32.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los Decretos Extraordinarios 1050 y 3130 de 1968 y de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 12 del Decreto 2113 de 1992,
DECRETA:
Artículo 1o.: Aprobar el Acuerdo número 06 del 7 de Diciembre de 1995, expedido por la Junta Directiva del Instituto Geográfico “Agustín Codazzi”, cuyo texto es el siguiente:
“ACUERDO NÚMERO 06 DE 1995
(diciembre 7)
Por el cual se modifica y adiciona el Acuerdo 21 de l 993, mediante el cual se determinó la estructura orgánica, se establecieron las funciones de las dependencias del Instituto Geográfico “Agustín Codazzi” y se adoptaron sus estatutos internos.
La Junta Directiva del Instituto Geográfico Agustín Codazzi”, en uso de sus facultades regares y en especial de las conferidas en el artículo 24 el Decreto 3130 de 1968 y en el numeral 2 del artículo 12 del Decreto 2113 de 1992.
ACUERDA:
Artículo 1: Modificar el numeral 7 del articulo 1 del Acuerdo 21 de 1993, el cual quedará así:
“7. Oficina de investigación en percepción remota-CIAF‑”
Artículo 2: Adicionar la siguiente función al artículo 3 del acuerdo 21 de 1993:
“6. Poner previamente en conocimiento del Ministerio de Relaciones Exteriores y luego aprobar la participación de la entidad como asesora, consultora o prestataria de servicios, derivada de los contratos internacionales, para la realización de todas o algunas de las funciones del Instituto.”
Artículo 3: Adicionar la siguiente función al articulo 11 del acuerdo 21 de 1993:
“21. Coordinar y participar con las otras dependencias de la entidad la asesoría, consultoría o prestación de servicios, derivada de los contratos internacionales”
Artículo 4: Adicionar la siguiente función al articulo 13 del Acuerdo 21 de 1993:
“22. Participar en la asesoría, consultoría o prestación de servicios, que el Instituto tenga a nivel internacional y en cuanto corresponda a la naturaleza de las funciones de la Subdirección”
Artículo 5: Adicionar la siguiente función al artículo 16 del Acuerdo 21 de 1993:
“26. Participar en la asesoría, consultoría o prestación de servicios, que el Instituto tenga a nivel internacional y en cuanto corresponda a la naturaleza de las funciones de la Subdirección”
Artículo 6: Adicionar la siguiente función al articulo 19 del acuerdo 21 de 1993:
“24. Participar en la asesoría, consultoría o prestación de servicios, que el Instituto tenga a nivel internacional en cuanto corresponda a la naturaleza de las funciones de la Subdirección”
Artículo 7: Adicionar la siguiente función al artículo 22 del acuerdo 21 de 1993:
“21. Participar en la asesoría, consultoría o prestación de servicios, que el Instituto tenga a nivel internacional y en cuanto corresponda a la naturaleza de las funciones de la Subdirección”
Artículo 8: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de publicación del Decreto del Gobierno Nacional que lo apruebe, deroga las disposiciones que le sean contrarias y, modifica y adiciona el Acuerdo 21 de 1993.
Comuníquese y cúmplase
Dado en Santa Fe de Bogotá D. C.. a
La Presidente VIRGINIA MARTINEZ PARRA La Secretaria AMY CAROLINA CLARKSON PULIDO
Artículo 2o.: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y modifica en lo pertinente el Decreto 1008 de 1993.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa fé de Bogotá D.C, a los. 1 0 de mayo 1996
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Guillermo Perry Rubio