DECRETO 744 DE 1996
(abril 24)
“por el cual se aprueba el Acuerdo número 003 del 5 de agosto de 1995 del Consejo Directivo de la Junta Administradora Seccional de Deportes de San Andrés y Providencia, Islas, que reestructura la planta de personal y se dictan otras disposiciones”.
Nota: Derogado por el Decreto 2042 de 1999.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 74 del Decreto ley 1042 de 1978,
DECRETA:
Artículo 1º. Apruébase el Acuerdo número 003 del 5 de agosto de 1995, emanado del Consejo Directivo de la Junta Administrativa Seccional de Deportes de San Andrés y Providencia, Islas, cuyo contenido es el siguiente:
«ACUERDO NÚMERO 003 DE 1995
(agosto 5)
por el cual se reestructura la planta de personal de la Junta Administradora
Seccional de Deportes de San Andrés y Providencia, Islas, y se dictan otras
disposiciones “.
El Consejo Directivo de la Junta Administradora Seccional de Deportes de San Andrés y Providencia, Islas, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 74 del Decreto número 1042 de 1978 y del artículo 10 de la Ley 49 de 1983,
ACUERDA:
Artículo 1º. Suprímanse los siguientes cargos de la planta de personal de la Junta Administradora Seccional de Deportes de San Andrés y Providencia, Islas:
No. Cargos
Dependencia y denominación del cargo
Código
Grado
GRUPO DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
Tres (3)
Celador
5320
03
GRUPO DE ORGANIZACION Y CONTROL DEPORTIVO
Uno (1)
Supervisor
5105
12
Uno (1)
Auxiliar de Técnico
4110
06
Cuatro (4)
Instructor
4085
06
Seis (6)
Instructor Auxiliar
4130
02
Artículo 2º. Establécese para el cumplimiento de las funciones propias de las distintas dependencias de la Junta Administradora Seccional de Deportes de San Andrés y Providencia, Islas, la siguiente planta global de personal:
No. Cargos
Dependencia y denominación del cargo
Código
Grado
Uno (1)
Director de Unidad Administrativa Especial
2025
12
Dos (2)
Profesional Universitario
3020
04
Uno (1)
Médico Especialista (M.T.)
3120
16
Tres (3)
Técnico Profesional
4175
07
Uno (1)
Técnico Administrativo
4065
07
Uno (1)
Pagador
5045
13
Uno (1)
Secretario
5140
10
Uno (1)
Conductor mecánico
5310
06
Uno (1)
Auxiliar de servicios generales
5335
07
Uno (1)
Auxiliar de servicios generales
5335
06
Artículo 3º. El Director Ejecutivo de la Junta Administradora Seccional de Deportes de San Andrés, mediante Resolución, distribuirá el personal en los cargos, de acuerdo con la estructura interna, planes y programas adoptados y las necesidades del servicio.
Artículo 4º. Los funcionarios cuyos cargos sean suprimidos de conformidad con el artículo 1º del presente Acuerdo tendrán derecho al pago de la indemnización en los términos estipulados en el artículo 8º de la Ley 27 de 1992 y de su Decreto Reglamentario 1223 de 1993.
Artículo 5º. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por Decreto del Gobierno Nacional y deroga las Resoluciones números 0068 y 0076 de 1978 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en San Andrés Isla, a los cinco (5) días del mes agosto de 1995.
El Presidente,
Antonio Manuel Stephens.
El Secretario,
Hugo Cáceres Quiñones.»
Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., 24 de abril de 1996.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Guillermo Perry Rubio.
La Ministra de Educación Nacional,
María Emma Mejía.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Edgar Alfonso González Salas.