DECRETO 43 DE 1996

Decretos 1996

DECRETO 43 DE 1996    

(enero 5)    

por el  cual se dictan disposiciones en materia salarial.    

Nota: Derogado por el  Decreto 44 de 1998,  artículo 2º.    

El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas  generales señaladas en la Ley 4a. de 1992,    

DECRETA:    

Artículo primero. A partir del 1 de enero de 1996, la remuneración del  Presidente de la República será reajustada en un quince por ciento (15%)    

Artículo Segundo. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su  publicación, deroga el Decreto 089 de 1995  y surte efectos fiscales a partir del 1o. de enero de 1996.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 5 de enero de 1996.    

ERNESTO SAMPER PIZANO    

El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las  funciones del despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Santiago Herrera Aguilera.    

El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la  República,    

Juan Manuel Turbay Marulanda.    

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,    

Eduardo González Montoya.              

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