DECRETO 300 DE 1996
(febrero 13)
Por el cual se prorroga el término previsto en el artículo 3º del Decreto 1442 de 1995
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades contitucionales y legales y en especial de las que le confiere el artículo 1º del Decreto 1050 de 1968
DECRETA:
Artículo 1-Prorrógarse por tres (3) meses el término establecido en el artículo 3º del Decreto 1442 de 1995, para que la Comisión Redactora del Proyecto de la Ley sobre normas para la Convivencia Ciudadana y el Ejercicio de las Libertades Públicas presente la Propuesta de actualización de las disposiciones sobre policía.
Artículo 2.-Este decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníques y cúmplase,
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a los 13 dias de febrero de 1996
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro del Interior,
Horacio Serpa Uribe
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Carlos Eduardo Medellín Becerra
El Ministro de Defensa Nacional
Juan Carlos Esguerra Portocarrero