DECRETO 1679 DE 1996

Decretos 1996

DECRETO 1679  DE 1996    

(septiembre 16)    

por el cual se reglamenta la designación de los  representantes de las asociaciones gremiales en la Junta Directiva del  Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio  de sus facultades constitucionales, en especial las señaladas por el numeral 11  del artículo 189 de la Constitución Política,    

CONSIDERANDO:    

Que el artículo 6º de la Ley 89 de 1988 modificó  el artículo 24 de la Ley 7a de 1979, en el  sentido de sustituir el representante de las Asociaciones Gremiales patronal es  en la Junta Directiva del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar por un  representante de la Asociación Nacional de Industriales, ANDI, y adicionar  dentro de su composición un representante de la Federación Nacional de  Comerciantes, Fenalco;    

Que se hace necesario reglamentar la designación de  les representantes de la ANDI y Fenalco ante la Junta Directiva del Instituto  Colombiano de Bienestar Familiar,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Los representantes de la Asociación  Nacional de Industriales ANDI, y de la Federación Nacional de Comerciantes  Fenalco, serán designados por el Presidente de la República de sendas ternas  envíadas por la respectiva agremiación.    

Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de  la fecha de su publicación.    

Comuníquese, publíquese y cúmplase.    

Dado en Santa Fe de Bogotá D.C., a 16 septiembre de  1996.    

ERNESTO SAMPER PIZANO    

La Ministra de Salud,    

María Teresa Forero de Saade.    

               

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