DECRETO 1589 DE 1996
(septiembre 3 )
por el cual se modifica parcialmente el artículo 3º del Decreto
número 0707 del 17 de abril de 1996, que reglamenta el
otorgamiento de estímulos para los docentes.
El Ministro del Interior de la República de Colombia, encargado de funciones Presidenciales mediante Decreto 1562 el 29 de agosto de 1996, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, especialmente de las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 134 de la Ley 115 de 1994,
DECRETA:
Artículo 1º. Ampliar el plazo establecido en el inciso final del numeral 2º, del artículo 3º del Decreto número 0707 de 1996 en ciento veinte (120) días más, contados a partir del tres (3) de septiembre de 1996.
Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y modifica en lo pertinente el último inciso del numeral 2º del artículo 3º del Decreto número 0707 de 1996.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 3 septiembre de 1996.
HORACIO SERPA URIBE
La Ministra de Educación Nacional,
Olga Duque de Ospina.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
José Antonio Ocampo.