DECRETO 1389 DE 1996

Decretos 1996

DECRETO 1389  DE 1996    

(agosto 8)    

por el cual se  aprueba el Acuerdo número 009 de fecha 28 de junio de 1996 de la Junta  Directiva de la Imprenta Nacional de Colombia    

El Presidente de  la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y  legales y en especial las conferidas por el artículo 34 del Decreto 2157 de 1992,    

DECRETA:    

Artículo 1º.  Apruébase el Acuerdo número 009 de fecha 28 de junio de 1996 expedido por la  Junta Directiva de la Imprenta Nacional de Colombia, cuyo texto es el  siguiente:    

«ACUERDO NÚMERO  009 DE 1996    

(junio 28)    

“por el  cual se modifica la estructura orgánica de la Imprenta Nacional de  Colombia”    

La Junta  Directiva de la Imprenta Nacional de Colombia, en uso de sus facultades legales  y en especial las que le confieren el artículo 8°, numeral 6º de la Ley 109 de 1994 y los  Estatutos Internos de la Empresa,    

ACUERDA:    

CAPITULO I    

Estructura  orgánica    

Artículo 1°.  Estructura orgánica. La estructura orgánica de la Imprenta Nacional de Colombia  será la siguiente:    

1. Junta  Directiva    

2. Gerencia  General    

2.1. Oficina de  Control Interno    

2.2. Oficina de  Sistemas e Informática    

2.3. Oficina de  Desarrollo del Talento Humano    

3. Secretaría  General    

4. Subgerencia Administrativa  y Financiera    

5. Subgerencia  de Producción    

6. Subgerencia  Comercial    

CAPITULO II    

Funciones de la  estructura orgánica    

Artículo 2º.  Junta Directiva y Gerente General. La Junta Directiva y el Gerente General  cumplirán las funciones estipuladas en los Estatutos de la Imprenta Nacional de  Colombia y en las demás disposiciones vigentes.    

Artículo 3º.  Oficina de Control Interno. Son funciones de la Oficina de Control Interno,  además de las señaladas en el artículo 12 de la Ley 87 de 1993 y demás  normas sobre la materia, las siguientes:    

1. Ejercer el  control de gestión, financiero y de resultado de la Empresa, de acuerdo con el  sistema y procedimientos adoptados.    

2. Velar por la  correcta aplicación y utilización de los recursos financieros y bienes de la  Empresa de acuerdo con los planes establecidos.    

3. Establecer, en  coordinación con las diferentes Subgerencias, los reglamentos, sistemas,  métodos y procedimientos administrativos para el control interno.    

4. Preparar y  ejecutar los procesos inherentes a la auditoría de sistemas para las  aplicaciones y programas que se encuentren instalados en la Empresa.    

5. Definir y  administrar el sistema de control de calidad de la Empresa de acuerdo con los  parámetros técnicos existentes sobre la materia.    

6. Verificar en  las diferentes dependencias la aplicación de controles y el cumplimiento de las  disposiciones legales, los reglamentos y los procedimientos administrativos.    

7. Las demás  funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la  dependencia.    

Artículo 4º.  Oficina de Sistemas e Informática. Son funciones de la Oficina de Sistemas e  Informática las siguientes:    

1. Asesorar al  Gerente General en los asuntos relacionados con los sistemas de información y  plataforma tecnológica de la empresa.    

2. Programar,  dirigir y coordinar las actividades relacionadas con el procesamiento, análisis  y suministro de información que produzca o reciba la entidad.    

3. Dirigir la  elaboración de los estudios que permitan determinar la factibilidad técnica y  económica para la adquisición o modificación de sistemas y equipos de  procesamiento electrónico de datos y presentar las recomendaciones del caso.    

4. Orientar la  elaboración de los términos de referencia para la contratación o adquisición de  servicios de sistemas o equipos de procesamiento de datos.    

5. Dirigir la  elaboración de diseños y sistemas de computarización que sean requeridos para  el desarrollo de las actividades de la Empresa.    

6. Coordinar el  oportuno y eficiente suministro de la información procesada por el computador.    

7. Velar por la  adecuada instalación y mantenimiento de equipos.    

8. Diseñar los  mecanismos de control que se requieran para garantizar la seguridad de la  información que contengan las diferentes aplicaciones.    

9. Mantener un  inventario de las existencias de equipos, programas y aplicaciones.    

10. Las demás  que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 5º.  Oficina de Desarrollo del Talento Humano. Son funciones de la Oficina de  Desarrollo del Talento Humano las siguientes:    

1. Asistir a la  Gerencia General en la determinación de objetivos, estrategias y metas  relacionados con la administración de personal de la Empresa.    

2. Dirigir,  coordinar y controlar la ejecución de los programas y actividades relacionadas  con la administración de personal.    

3. Ejecutar las  actividades de selección y contratación de personal de la Empresa conforme a  las disposiciones vigentes y controlar el sistema de evaluación del desempeño.    

4. Administrar  y aplicar la escala salarial, elaborar la nómina y efectuar la liquidación de  las prestaciones sociales de los empleados y trabajadores de la Empresa.    

5. Tramitar las  novedades de personal y elaborar los proyectos de resolución correspondientes.    

6. Expedir los  certificados sobre tiempo de servicios y salarios que sean solicitados por funcionarios  y exfuncionarios de la empresa.    

7. Organizar,  coordinar y supervisar la prestación de los servicios médicos, odontológicos,  quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios del personal de la Empresa conforme  a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes.    

8. Organizar,  coordinar, implementar y supervisar las necesidades de adiestramiento,  perfeccionamiento y capacitación del personal.    

9. Organizar y  desarrollar actividades culturales, recreativas y de bienestar social para el  personal de la empresa y su familia.    

10. Coordinar  la aplicación de las normas laborales relativas a exámenes médicos de ingreso y  retiro del personal.    

11. Organizar y  desarrollar programas de medicina preventiva y ejecutar y mantener actualizado  el programa de salud ocupacional para el personal de la Empresa.    

12. Elaborar y  mantener actualizado los manuales de funciones y requisitos de los cargos de la  planta de personal.    

13. Cumplir con  las obligaciones que impone la ley a las entidades estatales en relación con el  Sistema Unico de Hojas de Vida y remitir al Departamento Administrativo de la  Función Pública oportunamente las hojas de vida y demás documentos que la misma  ley impone.    

14. Las demás  funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la  dependencia.    

Artículo 6º.  Secretaría General. Son funciones de la Secretaría General las siguientes:    

1. Asistir y  asesorar a la Junta Directiva, Gerencia General y demás dependencias en el  trámite y solución de los asuntos de carácter jurídico que se presenten.    

2. Elaborar  minutas de contratos y convenios que deba firmar el Gerente General o sus  delegados y los demás documentos legales que para el efecto requiera la  Empresa.    

3. Proteger las  escrituras, registros de propiedad, convenios, contratos y demás documentos de  carácter jurídico de la Empresa.    

4. Conceptuar o  elaborar cuando fuere del caso los proyectos de acuerdo, resolución, contratos,  convenios y demás documentos legales que requiera la Empresa.    

5. Dirigir las  relaciones laborales de la Empresa y velar por el cumplimiento y aplicación de  las normas del régimen disciplinario, régimen interno de trabajo y demás  disposiciones de administración de personal.    

6. Atender  permanentemente los procesos en que sea parte la Empresa e informar sobre su  estado a la Gerencia General.    

7. Desarrollar  las acciones y procesos legales que se deben llevar a cabo para la recuperación  de la cartera morosa de la Empresa.    

8. Autenticar  los actos administrativos y demás documentos de la Empresa, cuando así se requiera.    

9. Organizar  las reuniones, los documentos y estudios que han de ser presentados a  consideración de la Junta Directiva, de acuerdo con las vigentes.    

10. Ser  Secretario de la Junta Directiva.    

11. Las demás  funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la  dependencia.    

Artículo 7º.  Subgerencia Administrativa y Financiera. Son funciones de la Subgerencia  Administrativa y Financiera las siguientes:    

1. Asistir a la  Gerencia General en la determinación de objetivos, estrategias y metas  relacionados con la administración y gestión financiera de la Empresa.    

2. Dirigir,  coordinar y controlar la ejecución de los programas y actividades relacionadas  con los asuntos financieros y de servicios administrativos de la Empresa.    

3. Formular y  elaborar el plan, los programas y los proyectos de desarrollo para el  cumplimiento de los objetivos y funciones de la Empresa y diseñar los  indicadores de gestión y de resultados para el adecuado seguimiento y control  de los mismos.    

4. Ejecutar y  supervisar los procesos de adquisición, almacenamiento y llevar los inventarios  de los bienes de propiedad de la Empresa, así como la administración de los  suministros e insumos que requiera la Empresa en sus diferentes dependencias,  con el fin de garantizar la adecuada y oportuna disposición de los elementos  necesarios para su normal funcionamiento.    

5. Elaborar el  plan de compras de los bienes de consumo y devolutivos para el funcionamiento  interno de la Empresa y supervisar la ejecución de la política de seguros de  los bienes de la Empresa.    

6. Preparar el  presupuesto de ingresos, gastos e inversiones de la Empresa, los estudios,  análisis y proyecciones financieras requeridas y orientar su correcta  ejecución.    

7. Elaborar, en  coordinación con cada una de las dependencias de la Empresa, la programación  presupuestal.    

8. Dirigir,  coordinar y supervisar los sistemas de administración y registro de  contabilidad, costos, presupuesto, tesorería y financieros de la Empresa.    

9. Rendir los  informes y cuentas que requieran la Contraloría General de la República y demás  organismos públicos.    

10. Coordinar y  controlar las actividades relacionadas con el mantenimiento de los bienes  muebles e inmuebles de propiedad de la Empresa y con la prestación de los  servicios generales para su normal funcionamiento.    

11. Coordinar y  controlar las actividades relacionadas con inventarios, archivo,  correspondencia y centro de documentación de la Empresa.    

12. Las demás  funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la  dependencia.    

Artículo 8º.  Subgerencia de Producción. Son funciones de la Subgerencia de Producción las  siguientes:    

1. Asistir a la  Gerencia General y a la Subgerencia Comercial en la determinación de las  políticas, objetivos, estrategias y metas relacionadas con las impresiones y  ediciones que realiza la Empresa.    

2. Planear,  dirigir, coordinar y controlar el proceso de producción de la Empresa.    

3. Realizar los  estudios de investigación operativa con el fin de determinar costos, tiempos,  líneas máximas de producción más eficientes y adecuadas para el proceso  industrial.    

4. Ejecutar los  procesos de impresión del Diario Oficial, las Gacetas, y las ediciones de los  trabajos contratados con las entidades públicas, de acuerdo con los programas  definidos.    

5. Determinar  con la Subgerencia Comercial la cantidad de pedidos que se puedan satisfacer,  de acuerdo con la capacidad operativa y trabajos en proceso.    

6. Presentar a  la Gerencia General los cambios tecnológicos que sea necesario efectuar al  proceso productivo, para su estudio e inclusión en el plan de desarrollo.    

7. Determinar  los máximos y mínimos de existencia de materiales e insumos para la producción  de los productos de la Empresa.    

8. Recibir,  almacenar, registrar, custodiar y distribuir los materiales, insumos,  elementos, bienes y demás equipos que le sean entregados por el Almacén  General, empleados y requeridos para el proceso industrial de la Empresa.    

9. Coordinar la  revisión y mantenimiento preventivo y correctivo de la maquinaria y demás  equipos empleados en el proceso industrial, directamente o a través de firmas  especializadas la ejecución de las reparaciones de la misma.    

10. Desarrollar  programas de adiestramiento e instrucción tecnológica para la operación y  manejo de los equipos y maquinaria instalados.    

11. Las demás  funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la  dependencia.    

Artículo 8º.  Subgerencia Comercial. Son funciones de la Subgerencia Comercial las  siguientes:    

1. Asistir a la  Gerencia General y a la Subgerencia de Producción en la determinación de las  políticas, objetivos, estrategias y metas relacionadas con los productos y  servicios que realiza la Empresa.    

2. Definir, en  coordinación con la Gerencia General, la política general de comercialización  de la Empresa, sus instrumentos y estrategias.    

3. Participar  en el cálculo y determinación de los costos y precios por concepto de la  impresión y edición de las publicaciones que se comercialicen.    

4. Determinar  los criterios y parámetros para contratar los estudios de mercadeo y publicidad  necesarios para la comercialización de los productos de la Empresa.    

5. Establecer indicadores  de medición del logro de los objetivos y programas de comercialización de  productos y efectuar su seguimiento y control de ejecución de los mismos.    

6. Supervisar y  verificar permanentemente los sistemas de atención al cliente.    

7. Realizar la venta  de los impresos y ediciones que son producidos por la Empresa, de acuerdo con  las normas y procedimientos establecidos.    

8. Atender los  reclamos, quejas y observaciones presentados por los clientes cuando se  presenten deficiencias en la prestación de los servicios de la Empresa.    

9. Organizar y  administrar el archivo de documentos, diarios, gacetas, boletines, folletos y  demás publicaciones elaborados en la Empresa, para su consulta e información  por parte de la comunidad.    

10. Analizar y  revisar previamente el contenido de las obras para sugerir o recomendar al  autor o autores los cambios o ajustes que sea necesario introducir a las  mismas, para perfeccionar y mejorar su calidad.    

11. Realizar,  en coordinación con las Subgerencia de Producción, los estudios y análisis  previos requeridos para conocer la viabilidad comercial o de producción de los  trabajos a ser contratados.    

12. Realizar  los contactos, negociaciones y acuerdos requeridos con los autores de las  diferentes obras, publicaciones o ediciones que se proyecten hacer, para  definir el contrato, la forma, tiempo, características de la impresión, pago de  regalías y demás variables técnicas, financieras o administrativas que sean  requeridas.    

13. Diseñar y  definir las características gráficas de las diferentes impresiones y ediciones  que elabore la Empresa.    

14. Analizar,  controlar y efectuar los trámites requeridos sobre derechos de autor, contratos  de edición, pago de regalías y depósito legal de las obras publicadas por la  Empresa, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.    

15. Coordinar  con la Secretaría General la defensa judicial de los derechos de autor de las  personas o las entidades que contratan los trabajos de la Empresa.    

16. Las demás  funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la  dependencia.    

CAPITULO III    

Organos de  asesoría y coordinación    

Artículo 9º.  Comité de Coordinación. El Comité de Coordinación de la Imprenta Nacional de  Colombia, estará integrado por:    

1. El Gerente General,  quien lo presidirá.    

2. El  Secretario General.    

3. Los  Subgerentes.    

4. Los Jefes de  Oficina.    

El Gerente  General podrá invitar a las sesiones a las personas que considere necesarias,  dependiendo de los asuntos a tratar.    

El Gerente  General reglamentará el funcionamiento del Comité de Coordinación, del cual se  llevarán las actas de las reuniones correspondientes, decisiones adoptadas,  compromisos adquiridos o asignados a las dependencias, evaluación y seguimiento  de los resultados.    

CAPITULO IV    

Disposiciones  varias    

Artículo 10.  Grupos y áreas de trabajo internos. El Gerente General de la Imprenta Nacional  de Colombia queda facultado para crear, suprimir y organizar áreas, grupos de  trabajo o proyectos específicos en la Secretaría General, Subgerencias y  Oficinas establecidas en la estructura interna, de acuerdo con las necesidades  que se presenten en los programas, determinándoles las funciones  correspondientes, con el fin de desarrollar con eficiencia los objetivos,  políticas y planes de la Empresa.    

Artículo 11.  Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por el  Gobierno Nacional y deroga las disposiciones que e le sean contrarias, en  especial el Acuerdo número 002 de 1994, aprobado por medio del Decreto 2809 de 1994.    

Comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Santa  Fe de Bogotá, D. C., a junio 28 de 1996.    

El Presidente  (Firmado),    

Carlos Alberto Malagón  Bolaños.    

La Secretaria  (Firmado),    

Zandra Rocha  Gutiérrez. »    

Artículo 2º. El  presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las demás  disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto 2809 de 1994.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado en Santa  Fe de Bogotá, D. C. a los 8 días del mes de agosto de 1996.    

ERNESTO SAMPER  PIZANO    

El Ministro de  Justicia y del Derecho,    

Carlos Eduardo  Medellín Becerra.    

El Director  General del Departamento Administrativo de la Función Pública,    

Edgar Alfonso  González Salas.              

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