DECRETO 1187 DE 1996
(julio 5)
por el cual se modifica la Planta de Personal del Departamento Administrativo de Seguridad.
Nota: Derogado por el Decreto 2759 de 2000, artículo 6º.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial las atribuidas en el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1º. Suprímense de la planta de personal del Departamento Administrativo de Seguridad, los siguientes cargos:
AREA OPERATIVA
Número
de cargos
Denominación
Código
Grado
4
Criminalístico Especializado
209
18
8
Criminalístico Especializado
209
15
10
Criminalístico Especializado
209
13
21
Criminalístico Profesional
210
11
23
Criminalístico Profesional
210
10
25
Criminalístico Profesional
210
09
30
Criminalístico Técnico
211
07
38
Criminalístico Técnico
211
06
AREA ADMINISTRATIVA
Número
de cargos
Denominación
Código
Grado
2
Analista de Sistemas
303
18
3
Analista de Sistemas
303
17
4
Analista de Sistemas
303
14
35
Administrador de Sistemas
306
13
2
Técnico en Sistemas
311
13
4
Técnico en Sistemas
311
11
6
Técnico en Sistemas
311
07
2
Técnico en Comunicaciones
307
13
4
Técnico en Comunicaciones
307
11
32
Técnico en Comunicaciones
307
07
51
Técnico en Comunicaciones
307
05
Artículo 2º. Créanse en la planta de personal del Departamento Administrativo
de Seguridad, los siguientes cargos:
AREA OPERATIVA
Número
de cargos
Denominación
Código
Grado
4
Criminalístico Profesional
209
18
8
Criminalístico Profesional
209
15
10
Criminalístico Profesional
209
13
21
Criminalístico Técnico
210
11
23
Criminalístico Técnico
210
10
25
Criminalístico Técnico
210
09
30
Criminalístico
211
07
38
Criminalístico
211
06
AREA ADMINISTRATIVA
Número
de cargos
Denominación
Código
Grado
2
Profesional Especializado
301
18
3
Profesional Administrativo
302
17
4
Profesional Administrativo
302
14
39
Técnico Administrativo
315
13
8
Técnico Administrativo
315
11
38
Técnico Administrativo
315
07
51
Técnico
305
05
Artículo 3º. La incorporación de que trata el presente decreto, se hará de conformidad con las normas vigentes sobre la materia.
Artículo 4º. El Director del Departamento Administrativo de Seguridad, por resolución modificará y actualizará el Manual Específico de Funciones y requisitos de los cargos de la Planta de Personal establecidos en el presente decreto.
Artículo 5º. La incorporación de los funcionarios a los nuevos cargos establecidos en este decreto se hará dentro de los dos (2) meses siguientes a la vigencia del mismo.
Artículo 6º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el Decreto 106 de 1996.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 5 de julio de 1996.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Viceministro Técnico, Encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Leonardo Villar Gómez
El Director del Departamento Administrativo de Seguridad,
Marco Tulio Gutiérrez Morad.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Edgar Alfonso González Salas.