DECRETO 926 DE 1995
(junio 2)
por el cual se aprueba el Acuerdo número 000010 del 19 de agosto de 1994 del Consejo Directivo de la Junta Administradora Seccional de Deportes del Cauca, que reestructura la Planta de Personal y se dictan otras disposiciones.
Nota: Derogado por el Decreto 2041 de 1999.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 74 del DecretoLey 1042 de 1978,
DECRETA:
ARTICULO 1º. Apruébase el Acuerdo número 000010 del 19 de agosto de 1994, emanado del Consejo Directivo de la Junta Administradora Seccional de Deportes del Cauca, cuyo contenido es el siguiente:
«ACUERDO NÚMERO 000010 DE 1994
(agosto 19)
por el cual se reestructura la planta de personal de la Junta Administradora Seccional de Deportes del Cauca y se dictan otras disposiciones.
El Consejo Directivo de la Junta Administradora Seccional de Deportes del Cauca, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 74 del Decreto número 1042 de 1978 y del artículo 10 de la Ley 49 de 1983,
ACUERDA:
Artículo 1º. Suprímanse los siguientes cargos de la planta de personal de la Junta Administradora Seccional de Deportes del Cauca:
No.Cargos
Dependencia y denominación del cargo
Código
Grado
1
Pagador
5045
11
1
Almacenista
5080
09
1
Supervisor
5101
07
1
Visitador
5100
06
4
Mecanógrafo
5180
02
3
Auxiliar Servicios Generales
5335
01
5
Celador
5320
01
GRUPO DE ORGANIZACION Y CONTROL DEPORTIVO
3
Instructor
4085
10
1
Instructor Auxiliar
4130
04
Artículo 2º. Establécese para el cumplimiento de las funciones propias de las distintas dependencias de la Junta Administradora Seccional de Deportes del Cauca, la siguiente planta global de personal:
No.cargos
Denominación del cargo
Código
Grado
1
Director de Unidad Administrativa Especial
2025
14
2
Jefe de División
2040
03
1
Médico Especialista(M.T.)
3120
16
5
Profesional Universitario
3020
04
1
Técnico Operativo
4080
10
4
Instructor
4085
08
2
Coordinador
5005
16
1
Secretario Ejecutivo
5040
13
3
Secretario
5140
10
1
Auxiliar Administrativo
5120
11
1
Visitador
5100
10
1
Operario
5330
05
1
Auxiliar Servicios Generales
5335
06
1
Conductor Mecánico
5310
07
Artículo 3º. El Director Ejecutivo de la Junta Administradora Seccional de Deportes del Cauca, mediante resolución, distribuirá el personal en los cargos, de acuerdo con la estructura interna, planes y programas adoptados y las necesidades del servicio.
Artículo 4º. Los funcionarios cuyos cargos sean suprimidos de conformidad con el artículo 1º del presente Acuerdo tendrán derecho al pago de la indemnización en los términos y condiciones estipulados en el artículo 8º de la Ley 27 de 1992 y de su Decreto Reglamentario 1223 de 1993.
Artículo 5º. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por Decreto del Gobierno Nacional y deroga las Resoluciones números 125 y 183 de 1978 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en la ciudad de Popayán, a 19 de agosto de 1994.
El Presidente,
(Fdo.) Carlos Arturo Calero D.
La Secretaria,
(Fdo.) Liliana María Cuéllar.»
ARTICULO 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 2 de junio de 1995.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Guillermo Perry Rubio.
El Ministro de Educación Nacional,
Arturo Sarabia Better.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Eduardo González Montoya