DECRETO 477 DE 1995

Decretos 1995

DECRETO  477 DE 1995    

(marzo 22)    

por el cual se adiciona un parágrafo al artículo 2  del Decreto  número 2557 del 18 de noviembre de 1994.    

Nota: Modificado por  el Decreto 654 de 1995.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de las facultades que le confiere el Decreto ley 1050  de 1968,    

DECRETA:    

CAPITULO I    

Artículo 1. Modificado  por el Decreto 654 de 1995,  artículo 1º. Adicionar un parágrafo al artículo 2 del Decreto  2557 del 18 de noviembre de 1994, de la siguiente manera:    

Parágrafo. El Comité de Seguimiento del Plan de  Acción para Santafé de Bogotá, Distrito Capital, estará conformado por el  Alcalde Mayor de Santafé de Bogotá, Distrito Capital; el Gerente de la Red de  Solidaridad Social para Santafé de Bogotá, Distrito Capital; el Consejero  Presidencial para Santafé de Bogotá Distrito Capital; el Secretario del Consejo  de Ministros, en representación del Presidente de la República; el Director del  Departamento Nacional de Planeación, o su delegado; el Subdirector del Departamento  Nacional de Planeación; el Director del Departamento de Planeación Distrital y  el Consejero Social de la Alcaldía Mayor de Santafé de Bogotá, Distrito Capital.    

Texto inicial: “Adicionar  un parágrafo al artículo 2 del Decreto  2557 del 18 de noviembre de 1994, de la  siguiente manera:    

Parágrafo. El Comité de Seguimiento del  Plan de Acción para Santafé de Bogotá, Distrito Capital, estará conformado por  el Alcalde Mayor de Santafé de Bogotá, Distrito Capital; el Gerente de la Red  de Solidaridad Social para Santafé de Bogotá, Distrito Capital; el Consejero  Presidencial para Santafé de Bogotá, Distrito Capital; El Secretario del  Consejo de Ministros, en representación del Presidente de la República; y el  Director del Departamento Nacional de Planeación, o su delegado, el Subdirector  del Departamento Nacional de Planeación.”.    

Artículo 2. Este decreto rige a partir de la fecha  de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase    

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 22 de marzo de  1995.    

                    ERNESTO SAMPER PIZANO    

El Ministro de Gobierno,    

                     Horacio Serpa Uribe.    

El Director del Departamento Administrativo de la  Presidencia de la República,    

                 Juan Manuel Turbay Marulanda.              

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