DECRETO 477 DE 1995
(marzo 22)
por el cual se adiciona un parágrafo al artículo 2 del Decreto número 2557 del 18 de noviembre de 1994.
Nota: Modificado por el Decreto 654 de 1995.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el Decreto ley 1050 de 1968,
DECRETA:
CAPITULO I
Artículo 1. Modificado por el Decreto 654 de 1995, artículo 1º. Adicionar un parágrafo al artículo 2 del Decreto 2557 del 18 de noviembre de 1994, de la siguiente manera:
Parágrafo. El Comité de Seguimiento del Plan de Acción para Santafé de Bogotá, Distrito Capital, estará conformado por el Alcalde Mayor de Santafé de Bogotá, Distrito Capital; el Gerente de la Red de Solidaridad Social para Santafé de Bogotá, Distrito Capital; el Consejero Presidencial para Santafé de Bogotá Distrito Capital; el Secretario del Consejo de Ministros, en representación del Presidente de la República; el Director del Departamento Nacional de Planeación, o su delegado; el Subdirector del Departamento Nacional de Planeación; el Director del Departamento de Planeación Distrital y el Consejero Social de la Alcaldía Mayor de Santafé de Bogotá, Distrito Capital.
Texto inicial: “Adicionar un parágrafo al artículo 2 del Decreto 2557 del 18 de noviembre de 1994, de la siguiente manera:
Parágrafo. El Comité de Seguimiento del Plan de Acción para Santafé de Bogotá, Distrito Capital, estará conformado por el Alcalde Mayor de Santafé de Bogotá, Distrito Capital; el Gerente de la Red de Solidaridad Social para Santafé de Bogotá, Distrito Capital; el Consejero Presidencial para Santafé de Bogotá, Distrito Capital; El Secretario del Consejo de Ministros, en representación del Presidente de la República; y el Director del Departamento Nacional de Planeación, o su delegado, el Subdirector del Departamento Nacional de Planeación.”.
Artículo 2. Este decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 22 de marzo de 1995.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Gobierno,
Horacio Serpa Uribe.
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Juan Manuel Turbay Marulanda.