DECRETO 329 DE 1995

Decretos 1995

DECRETO 329 DE 1995      

(febrero  20)    

por el  cual se adiciona el artículo 4° del Decreto 855 de 1994.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades  constitucionales y legales y en especial la que le confiere el numeral 11 del  artículo 189 de la Constitución Política,    

DECRETA:    

Artículo  1°. Adiciónase el artículo 4° del Decreto 855 de 1994,  con el siguiente numeral:    

17.  Sistemas de seguridad y equipos tales como máquinas de Rayos X, arcos  detectores de metales, detectores manuales de metales, visores nocturnos y  demás elementos necesarios para mantener el orden y la seguridad en los  establecimientos de reclusión nacional del sistema penitenciario y carcelario  colombiano.    

Artículo  2°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese  y cúmplase.    

Dado en  Santafé de Bogotá, D.C., 20 febrero de 1995.    

                    ERNESTO SAMPER PIZANO    

El  Ministro de Gobierno,    

                     Horacio Serpa Uribe.    

El  Ministro de Justicia y del Derecho,    

                Néstor Humberto Martínez Neira.              

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