DECRETO 2287 DE 1995
(diciembre 22)
por el cual se aprueba el Acuerdo número 0044 de octubre 31 de 1995, que suprime cargos de la planta de personal de la Subdirección Transitoria del Instituto Nacional de Vías.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 5° del artículo 59 del Decreto 2171 de 1992,
DECRETA:
Artículo 1º. Aprobar el Acuerdo número 0044 de octubre 31 de 1995, emanado de la junta Directiva del Instituto Nacional de Vías, INV, y cuyo texto es el siguiente:
Instituto Nacional de Vías, INV:
ACUERDO NÚMERO 0044 DE 1995
(octubre 31)
por el cual se suprimen cargos de la planta de personal de la Subdirección Transitoria del Instituto Nacional de Vías.
La Junta Directiva del Instituto Nacional de Vías, INV, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 5° del artículo 59 del Decreto 2171 de 1992 y en concordancia con lo establecido en el numeral 6° del artículo 66 del mismo Decreto y en el numeral 4° del artículo 9° del Decreto 288 de 1995,
ACUERDA:
Artículo 1º. Suprímense los siguientes cargos de la planta de personal de la Subdirección Transitoria del Instituto Nacional de Vías, INV, aprobada mediante Decreto 2664 del 29 de diciembre de 1993, como a continuación se establece:
CARGOS A SUPRIMIR
DENOMINACIÓN DEL CARGO
CÓDIGO
GRADO
DIC. 31/95
Subdirección transitoria
Asesor
1020
08
1
Asesor
1020
03
1
Profesional especializado
3010
18
1
Profesional especializado
3010
16
6
Profesional especializado
3010
14
2
Técnico presupuesto
4035
15
1
Técnico administrativo
4065
11
1
Técnico administrativo
4065
09
1
Técnico operativo
4080
12
1
Dibujante
4095
11
1
Coordinador
5005
23
1
Coordinador
5005
22
1
Secretario ejecutivo
5040
20
1
Secretario ejecutivo
5040
16
4
Auxiliar administrativo
5120
13
6
Enfermero auxiliar
6045
11
3
Total cargos a suprimir
32
Artículo 2º. Para efectos del reconocimiento de las pensiones de los titulares de los cargos suprimidos por este Acuerdo, se tendrán en cuenta las disposiciones laborales transitorias del Título IX del Decreto 2171 de 1992.
Artículo 3º. Los servidores públicos de la Subdirección Transitoria que desempeñen cargos de manejo y confianza para efectos de su retiro del servicio por supresión del cargo, deberán rendir, conforme a las normas y procedimientos establecidos por la Contraloría General de la República, las correspondientes cuentas fiscales, inventarios y efectuar la entrega de los bienes a su cargo a los respectivos funcionarios del Instituto Nacional de Vías, sin que ello implique exoneración de la responsabilidad fiscal a que haya lugar.
Artículo 4º. De conformidad con lo establecido en el artículo 164 del Decreto 2171 de 1992, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió la Resolución número 3326 del 11 de agosto de 1995, por la cual transfirió al Instituto Nacional de Vías, las sumas de tres mil trescientas sesenta y cinco millones cuatrocientos dieciocho mil pesos ($ 3.365.418.000.00) moneda corriente, para la cumplida ejecución del presente Acuerdo.
Artículo 5º. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por el Gobierno Nacional y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C.,…
El Presidente, Firma ilegible.
El Secretario, Firma ilegible.
Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 22 de diciembre de 1995.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Guillermo Perry Rubio.
El Ministro de Transporte,
Juan Gómez Martínez.