DECRETO 209 DE 1995
(enero 27)
por el cual se aprueba el Acuerdo número 007 de 1994 de la Junta Directiva del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales, Ideam, que establece la planta de personal.
Nota 1: Derogado por el Decreto 292 de 2004, artículo 9º.
Nota 2: Modificado por el Decreto 1830 de 1999.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 74 del Decreto Ley 1042 de 1978,
DECRETA:
Artículo 1°. Apruébase el Acuerdo número 007 del 2 de diciembre de 1994, emanado de la Junta Directiva del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (Ideam), cuyo texto es el siguiente:
“ACUERDO NÚMERO 007 DE 1994
(diciembre 2)
por el cual se establece la planta de personal del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales, Ideam.
La Junta Directiva del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales, Ideam, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el literal h) del artículo 21 del Decreto 1277 de 1994,
ACUERDA;
Artículo 1°. Establécese la planta de personal del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales, Ideam, la cual será la siguiente:
No de Empleos
Dependencia y denominación del Empleo
Código
Grado
DIRECCION GENERAL
1
Director General de Establecimiento Público
0015
23
4
Asesor
1020
12
1
Profesional Universitario
3020
08
1
Secretario Bilingüe
5235
26
2
Secretario Ejecutivo
5040
24
1
Conductor Mecánico
5310
19
1
Auxiliar de Servicio Generales
5335
09
No de Empleos
Dependencia y denominación del Empleo
Código
Grado
PLANTA GLOBAL
1
Secretario General de Entitad Descentralizada
0037
21
7
Subdirector General de Establecimiento Público
0040
19
5
Asesor
1020
07
7
Jefe de Oficina
2045
25
2
Jefe de Programa
2084
23
10
Investigador Científico
3000
18
16
Investigador Científico
3000
20
6
Profesional Especializado
3010
10
15
Profesional Especializado
3010
12
40
Profesional Especializado
3010
14
17
Profesional Especializado
3010
16
32
Profesional Especializado
3010
18
16
Profesional Especializado
3010
20
1
Profesional Universitario
3020
03
3
Profesional Universitario
3020
06
4
Profesional Universitario
3020
07
23
Profesional Universitario
3020
08
11
Profesional Universitario
3020
09
1
Médico Especialista
3120
18
2
Técnico Administrativo
4065
09
58
Técnico Administrativo
4065
10
10
Técnico Administrativo
4065
11
9
Técnico Administrativo
4065
12
8
Técnico Administrativo
4065
15
6
Técnico Operativo
4080
07
12
Técnico Operativo
4080
09
2
Técnico Operativo
4080
10
8
Técnico Operativo
4080
11
7
Técnico Operativo
4080
12
22
Tecnológo
4165
11
2
Tecnológo
4165
13
30
Tecnológo
4165
14
20
Tecnológo
4165
16
2
Pronosticador
4180
12
2
Pronosticador
4180
13
3
Pronosticador
4180
14
3
Pronosticador
4180
15
4
Pronosticador
4180
16
2
Auxiliar de Pronóstico
4185
10
5
Auxiliar de Pronóstico
4185
11
9
Auxiliar de Pronóstico
4185
12
8
Auxiliar de Pronóstico
4185
13
5
Radiosondista
4190
10
2
Radiosondista
4190
11
6
Radiosondista
4190
12
2
Observador de Superficie
4195
05
15
Observador de Superficie
4195
06
20
Observador de Superficie
4195
07
12
Observador de Superficie
4195
08
30
Observador de Superficie
4195
09
6
Secretario Ejecutivo
5040
16
35
Secretario Ejecutivo
5040
20
8
Secretario Ejecutivo
5040
24
3
Auxiliar Administrativo
5120
12
10
Auxiliar Administrativo
5120
14
9
Auxiliar Administrativo
5120
20
29
Auxiliar Administrativo
5120
22
9
Operario Calificado
5300
11
1
Operario Calificado
5300
15
4
Operario Calificado
5300
19
18
Conductor Mecánico
5310
15
1
Conductor Mecánico
5310
19
18
Auxiliar de servicios generales
5335
09
Parágrafo. En la planta de personal establecida en el presente artículo, están incluidos los cargos correspondientes a la Subdirección de Hidrología y Meteorología del Himat (hoy Inat), con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 99 de 1993 y armonizarlo con el decreto que establece la planta de personal del Inat.
Artículo 2°. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de publicación del Decreto del Gobierno Nacional que lo apruebe, y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 2 días de diciembre de 1994.
Fdo. El Presidente,
Fdo. El Secretario»
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 27 de enero de 1995.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Guillermo Perry Rubio.
La Ministra del Medio Ambiente,
Cecilia López Montaño.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Eduardo González Montoya.