DECRETO 206 DE 1995

Decretos 1995

DECRETO 206 DE 1995    

(enero 27)    

por el cual se modifica el  artículo 27 del Decreto  2798 del 22 de Diciembre de 1994.    

El Presidente de la República de  Colombia, en uso de sus facultades Constitucionales y legales, y en especial de  las conferidas en los numerales 11 y 20 del artículo 189 de la Constitución Política y de  conformidad con lo establecido en el artículo 800 del Estatuto Tributario.    

DECRETA:    

Artículo 1º. El artículo 27 del Decreto 2798 del 22 de diciembre de  1994 quedará así:    

“Artículo 27. Pago mediante  documentos especiales.    

Cuando una norma legal faculte al  contribuyente a utilizar títulos, bonos, certificados o documentos similares  para el pago de impuestos nacionales, la cancelación podrá efectuarse en las  entidades autorizadas para su edición, administración, expedición y redención,  para lo cual se deberá diligenciar el recibo oficial de pago en Bancos.    

En este evento el formulario de la  declaración tributaria podrá presentarse en cualquiera de las Entidades  Autorizadas para recaudar.    

Parágrafo. Lo dispuesto en este  artículo se entiende sin perjuicio de lo contemplado en el Decreto 2506 de 1991″.    

Artículo 2º. El presente Decreto  rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a  27 de enero de 1995    

                  ERNESTO SAMPER PIZANO    

El Ministro de Hacienda y Crédito  Público.    

                 Guillermo Perry Rubio.              

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